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¿Qué multa conlleva adelantar por la derecha en una autovía?
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¿Qué multa conlleva adelantar por la derecha en una autovía?

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Estoy cansado de circular todos los días por la N1 en sentido entrada o salida de Madrid y tener que ir cambiándome de carril porque la mayor parte de los conductores circula por el carril central a 100 o 110 km/h. Yo voy a 120 por la derecha y después de cuatro o cinco maniobras de cambiarme en los dos carriles para adelantar a cada coche ya paso y adelanto por la derecha. ¿Qué multa me pueden poner por ello? C. C.

El Reglamento General de Circulación estipula que, como norma general, los vehículos circularán en todas las vías por la derecha y lo más cerca posible del borde de la calzada. Asimismo, en cuanto a la utilización de los carriles, fuera de un poblado, en calzadas con más de un carril para el mismo sentido de la marcha, circulará normalmente por el situado más a su derecha, si bien podrá utilizar el resto de los de dicho sentido cuando las circunstancias del tráfico o de la vía lo aconsejen, a condición de que no entorpezca la marcha de otro vehículo que le siga. Por otro lado, y como norma general, el adelantamiento deberá efectuarse por la izquierda del vehículo que se pretende adelantar.

Radar y descuento

He recibido una notificación de multa por exceso de velocidad de 100 euros y dice en la misma que tengo derecho a pagar con reducción del 50% si la pago en 20 días. Pero también creo que tengo derecho a que me muestren la foto, puesto que es una infracción captada por un radar. ¿Puedo tener derecho a las dos cosas, o si pido la foto ya no tengo derecho a que me descuenten el 50% del importe? Javier Gil

La ley no obliga a enviar la fotografía con la denuncia. Si bien la mayoría de las Administraciones públicas envían las pruebas junto con la denuncia, y desde luego es lo más aconsejable, si no se la han enviado y las pide perdería la posibilidad de pagar con descuento.

No obstante, existe la posibilidad de que en el Ayuntamiento o la Jefatura que le haya multado le permitan ver las pruebas sin necesidad de recurrir. Es algo excepcional pero algunas Administraciones públicas lo hacen. Si se traslada personalmente puede pedir ver las pruebas; si le indican que lo tiene que solicitar por escrito, esto sería a efectos del procedimiento un escrito de alegaciones y perdería el descuento; si no le piden hacerlo por escrito, podrá ver las pruebas y decidir si paga con descuento o recurre con algún dato más de los que tiene ahora.

Estoy cansado de circular todos los días por la N1 en sentido entrada o salida de Madrid y tener que ir cambiándome de carril porque la mayor parte de los conductores circula por el carril central a 100 o 110 km/h. Yo voy a 120 por la derecha y después de cuatro o cinco maniobras de cambiarme en los dos carriles para adelantar a cada coche ya paso y adelanto por la derecha. ¿Qué multa me pueden poner por ello? C. C.

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