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Si identifico al conductor, ¿hay que esperar la nueva multa para poder pagarla?
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Si identifico al conductor, ¿hay que esperar la nueva multa para poder pagarla?

Me ha llegado una multa por exceso de velocidad en una vía urbana. Yo no iba conduciendo, fue mi padre. Mi pregunta es si al enviar yo la documentación para indicar que era él quien conducía

Me ha llegado una multa por exceso de velocidad en una vía urbana. Yo no iba conduciendo, fue mi padre. Mi pregunta es si al enviar yo la documentación para indicar que era él quien conducía tengo que esperar para pagarla a que le llegue a él la notificación, y si esta también contaría con el 50% de pronto pago. Así mismo, en la multa no indican el número o punto kilométrico donde fue cometida la infracción y es una avenida muy larga. ¿Esto es correcto? Begoña Gil.

Si ha realizado la identificación del conductor, debe esperar a que se notifique la denuncia a la persona identificada. Si abona antes la multa con descuento (suponiendo que pueda hacerlo antes de la identificación del conductor), la infracción quedaría a nombre del titular del vehículo y ya no se tramitaría a nombre de la persona identificada. Cuando el ayuntamiento reciba el escrito donde usted identifica a su padre, le enviará la denuncia a este con la posibilidad de abonar la sanción con la bonificación del 50% o de hacer alegaciones.

En relación con el número de la calle o punto kilométrico, sí debería constar en la denuncia, pues el lugar de la infracción es un dato que obligatoriamente tiene que constar en la notificación. En caso de multas de velocidad en una vía urbana, que no aparezca el número o punto kilométrico donde se comete la infracción podría no ser determinante, pues lo normal es que la velocidad máxima de la vía sea la misma a lo largo de toda ella. No obstante, el lugar concreto donde se encontraba el radar sí podría ser un dato indispensable, pues el cumplimiento de las normas sobre funcionamiento de aparatos de medida está vinculado al lugar y el modo en que se instalan.

¿Se puede tener un coche tapado en la calle?

¿Se puede tener un coche aparcado en la calle tapado completamente o se tiene que ver la matricula? Félix Uriarte.

Deberíamos conocer el municipio donde tiene intención de estacionar el vehículo por si en la ordenanza municipal se hiciera referencia a este extremo. En general, la Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos a motor y Seguridad Vial obliga a que las matrículas de los vehículos no presenten obstáculos que impidan o dificulten su lectura e identificación.

Por este motivo, entendemos que la matrícula debería estar visible para que, si así fuera necesario, los agentes de la autoridad puedan proceder a la comprobación de los datos referentes al vehículo.

Me ha llegado una multa por exceso de velocidad en una vía urbana. Yo no iba conduciendo, fue mi padre. Mi pregunta es si al enviar yo la documentación para indicar que era él quien conducía tengo que esperar para pagarla a que le llegue a él la notificación, y si esta también contaría con el 50% de pronto pago. Así mismo, en la multa no indican el número o punto kilométrico donde fue cometida la infracción y es una avenida muy larga. ¿Esto es correcto? Begoña Gil.

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