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¿Quién paga la ropa inutilizable tras sufrir un accidente de moto?
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¿Quién paga la ropa inutilizable tras sufrir un accidente de moto?

Cuando he sufrido un accidente con mi moto, siendo culpable el contrario, quisiera saber quién me paga la ropa que llevaba en ese momento, que resultó inservible...

Cuando he sufrido un accidente con mi moto, siendo culpable el contrario, quisiera saber quién me paga la ropa que llevaba en ese momento, que resultó inservible. Antonia Antúnez.

En caso de accidente con contrario responsable, usted deberá reclamar el importe de los daños causados a la compañía de seguros contraria. El conductor del vehículo causante, y por tanto su aseguradora, son responsables de los daños causados en las personas y en los bienes como consecuencia de un accidente de Tráfico.

Al ser la ropa de motorista propia de la conducción, podrá solicitar el reembolso de la ropa dañada presentando la factura de compra que realizó en su día. Nos referimos a la ropa que llevaba y no a la que compre. En ocasiones las compañías o el juzgado solicitan peritar la ropa por lo que, mientras no tenga el reembolso, no se deshaga de ella.

Si no guarda la factura, debería solicitar un duplicado en la tienda donde lo compró o una factura proforma de un vestuario equivalente (con foto de las pertenencias dañadas). Es más probable que la compañía de seguros reembolse el valor de la ropa dañada que el importe de la ropa nueva que usted compre en el caso que lo haga. En este supuesto, deberían ser objetos de equivalente categoría.

¿Anular una sanción tras una reclamación?

El día 3 de enero estuve en Sierra Nevada. Cuando fui a por mi coche no estaba, solamente encontré una pegatina en la pared en la que no ponía la matrícula de ningún coche e indicaba dónde estaba el depósito municipal. Tengo la pegatina y fotos. No sabía si mi coche había sido robado o estaba en el depósito. Al final estaba en el depósito, pagué y puse una reclamación. ¿Puedo hacer algo para anular esa sanción? Fuensanta López.

Cuando el vehículo es retirado por la grúa municipal se pueden recurrir las tasas de la grúa y presentar alegaciones contra la denuncia en el caso que sea notificada. Si no está de acuerdo con la sanción, sería conveniente presentar alegaciones y solicitar el reembolso de la tasas de la grúa en caso que la retirada no estuviera incluida en los supuestos establecidos por la ley o la tasa aplicada no fuera correcta.

Si a lo que se refiere es a reclamar por no tener información de que su vehículo había sido retirado por la grúa municipal y no robado, entendemos que con la pegatina que comenta sería suficiente para obtener esta información. Efectivamente, podría ser más específica, pero la ley no establece un formato concreto para avisar a los propietarios que sus vehículos han sido retirados. Solo se legisla la obligación que tiene la administración de comunicar la retirada y depósito del vehículo al titular en el plazo de 24 horas.

Cuando he sufrido un accidente con mi moto, siendo culpable el contrario, quisiera saber quién me paga la ropa que llevaba en ese momento, que resultó inservible. Antonia Antúnez.

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