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Multa por un tirón en una pierna en una persona discapacitada
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Multa por un tirón en una pierna en una persona discapacitada

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Acabo de recibir notificación de multa por estacionamiento encima de una acera de la cual no me dejaron hoja de denuncia. Yo tuve que aparcar inmediatamente y bajarme del coche porque me dio un tirón en la pierna, tengo discapacidad por lesión en s1 y s2. Me puse al otro lado del coche hasta que se me pasó ese tirón. ¿Es legal esa denuncia? Fue por fuerzas mayores y evitar un accidente en la carretera. M. Isabel Alcaraz.

El Reglamento General de Circulación prohíbe de forma contundente el estacionamiento encima de la acera bajo cualquier circunstancia. En la situación que nos plantea, estaríamos hablando de una parada por causa de fuerza mayor que deberá efectuarse de tal manera que el vehículo no obstaculice la circulación ni constituya un riesgo para el resto de los usuarios de la vía, cuidando especialmente la colocación del vehículo y evitando que pueda ponerse en movimiento.

Por el hecho de tener una discapacidad no está autorizado a parar o estacionar encima de la acera, por lo que tendría que acreditar que efectivamente no se encontraba en condiciones de conducir de forma puntual y sobrevenida. Esta acreditación es difícil o imposible en los casos como el suyo cuando se trata de un tirón o de un mareo momentáneo que no requiere asistencia médica.

Deberá alegar, además, que la ejecución de la parada realizada fue la única posible dadas las circunstancias: las personales de Ud. y las de la vía.

Podría alegar igualmente nulidad por la falta de notificación de la denuncia en el momento, que hubiera sido obligatoria al encontrarse presente (siempre que la denuncia la realice la Policía Local del municipio en cuestión).

Farolas apagadas en multitud de tramos

En la M-50, la M-40 y en otras carreteras, supongo que por motivo de ahorro, las farolas están apagadas en multitud de tramos. Si ya la crisis se ha superado, ¿no sería ya el momento de iluminar correctamente las carreteras? Lo que redundaría en una conducción más segura. Carlos García

Efectivamente, la iluminación adecuada en cualquier tipo de vía es materia fundamental a tener en cuenta, pues la correcta iluminación y señalización de las vías, es la forma más eficaz de garantizar la seguridad vial, por encima del régimen sancionador.

El Ministerio de Fomento, en sus recomendaciones de iluminación sobre carreteras del Estado, tiene en cuenta fundamentalmente dos variables para recomendar la iluminación de las mismas: la mejora del alumbrado en los vehículos y la necesidad de legislar conforme a políticas de ahorro energético.

Actualmente se recomienda la iluminación de Autovías y Autopistas en tramos que discurran por suelo urbano en ambos márgenes en función del número de vehículos por día, velocidad media, número de accidentes nocturnos y días de lluvia.

Adicionalmente, suponiendo que las vías cumplan los requisitos que recomiendan su iluminación, se considera que a ciertas horas de la noche (normalmente entre las 24:00 y las 06:00) puede reducirse la iluminación e incluso apagarse en algunas partes o en su totalidad, si así se justifica por razones de ahorro de energía.

Dentro de una misma vía, también se puede establecer la iluminación de algunos tramos y no de toda la vía, por ejemplo los próximos a enlaces, glorietas, pasos subterráneos y elevados, nudos de tráfico complejos, curvas etc.

En el caso que nos plantea, entendemos que en la M50 podrían no darse los requisitos para el mantenimiento del alumbrado continuo de la vía y en toda su extensión. En el caso de la M40 entendemos que sí, en prácticamente toda la vía, aunque en este caso existe además controversia entre el Ministerio y el Ayuntamiento de Madrid sobre las competencias de cada uno respecto al mantenimiento, conservación y gastos de iluminación, en base a ciertos acuerdos de colaboración firmados y numerosos incidentes sobre actos vandálicos.

Acabo de recibir notificación de multa por estacionamiento encima de una acera de la cual no me dejaron hoja de denuncia. Yo tuve que aparcar inmediatamente y bajarme del coche porque me dio un tirón en la pierna, tengo discapacidad por lesión en s1 y s2. Me puse al otro lado del coche hasta que se me pasó ese tirón. ¿Es legal esa denuncia? Fue por fuerzas mayores y evitar un accidente en la carretera. M. Isabel Alcaraz.

Multa Ayuntamiento de Madrid Ministerio de Fomento