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¿Qué trámites hay que seguir para vender un coche a un ciudadano no residente?
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¿Qué trámites hay que seguir para vender un coche a un ciudadano no residente?

Quiero vender mi coche a un ciudadano rumano no residente. No sé cuáles son los trámites a seguir para que se lo pueda llevar conduciendo. He leído que si no tiene NIE, pues no puede...

Quiero vender mi coche a un ciudadano rumano no residente. No sé cuáles son los trámites a seguir para que se lo pueda llevar conduciendo. He leído que si no tiene NIE, pues no puede pedir las placas verdes. Y si se saca el NIE, ¿cómo va lo del seguro para esa matricula verde? Viorica Indoitu.

Para vender un vehículo matriculado en España para su traslado al extranjero, deberá tramitar la baja definitiva en España. En relación con la conducción hasta el país del comprador, efectivamente deberá tramitar un permiso temporal (placas verdes) que autorizará la circulación del vehículo temporalmente hasta que sea matriculado en el lugar de destino (60 días).

Deberá tramitar el permiso temporal con Tráfico aportando la solicitud en impreso oficial, contrato de compraventa, documentación personal, documentación original del coche y baja del vehículo (este trámite puede hacerse al mismo tiempo). También hay que pagar una tasa.

La documentación original del vehículo deberá ser devuelta al comprador para que pueda matricularlo en el país de destino. No se exige que el comprador sea residente en España para realizar la compra, pero sí que obtenga un NIE para hacer la transacción (solicitado en su país de origen o en España). Existen muchas compañías de seguros que le ofrecerán un seguro por días e incluso algunas que aseguran placas verdes.

Multa de la Guardia Civil sin parar al vehículo

¿Puede un Guardia Civil alegar que vio que un conductor cometía una infracción en una carretera general si cuando le alcanzó y paró ya estaba en casco urbano? En este caso iba circulando cuando el Guardia Civil se puso a la altura del conductor y sin detenerle le dijo que le siguiera. Elena Hernández.

Existe una obligación genérica de notificación de la denuncia a los posibles infractores en el momento de cometerse. Aunque en algunas circunstancias establecidas por la ley se puede notificar la denuncia posteriormente en el domicilio, lo normal, o lo que debería ser habitual, es la notificación de la denuncia en el lugar de la infracción. Esto no significa que se deba proceder a la notificación de la denuncia en el mismo punto en el que se comete, pues podría considerarse conveniente que los agentes den el alto a un conductor pasados unos metros en mejores condiciones de seguridad. Por este motivo, y siempre dentro de criterios de razonabilidad, si el agente de la Guardia Civil le para dentro del casco urbano por una infracción cometida en las vías de su competencia, no tendría por qué ser incorrecto. Lógicamente, si la distancia entre el lugar de la infracción y el lugar de la notificación no se justifica, podría alegar en el escrito de alegaciones esta circunstancia como motivo de nulidad.

Quiero vender mi coche a un ciudadano rumano no residente. No sé cuáles son los trámites a seguir para que se lo pueda llevar conduciendo. He leído que si no tiene NIE, pues no puede pedir las placas verdes. Y si se saca el NIE, ¿cómo va lo del seguro para esa matricula verde? Viorica Indoitu.

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