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Multa por aparcar en un callejón sin salida
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Multa por aparcar en un callejón sin salida

Estaba tomando una cerveza en la puerta de un bar, al lado de la sede de la Polícia. Esto lo llevo haciendo años sin ningún problema. Los policías estaban en la puerta a tres metros de mí...

Estaba tomando una cerveza en la puerta de un bar, al lado de la sede de la Polícia. Esto lo llevo haciendo años sin ningún problema. Los policías estaban en la puerta a tres metros de mí. Había aparcado el coche a unos 50 metros, enfrente de donde estábamos. De pronto el policía salió corriendo hacía mi coche. Yo hice lo mismo y antes de llegar al coche, le dije: "Pero hombre, si estoy ahí". Me dio el papel de la multa. Me lo guardé. Hoy he ido al ayuntamiento a pagar la multa. Le entrego la multa a una señorita, empieza escribir y me dice que si puedo decirle la matrícula, que no se lee. Le doy los datos y le pregunto que cuánto es la multa, tampoco está claro en el 'papelito' de la denuncia. Me dice que son 200 euros que se quedan en 100. Le digo que me parece muy caro. Me pongo en contacto con ustedes por si puedo reclamar. La multa es por estar mal aparcado en un callejón sin salida y nulo tráfico. La reclamación sería por exceso en la multa. ¿Cuánto será la multa si interrumpiera el tráfico o me saltara un paso de peatones? Espero me digan si hay posibilidad de trámite. Nilo López.

Necesitaríamos saber si la denuncia que le entregó el agente tiene sus datos. Al decirnos que se ve muy mal y que ni siquiera en el ayuntamiento sabían la matrícula del vehículo, es probable que la notificación no sea válida.

Por otro lado, deberíamos conocer en qué municipio estaba para revisar la ordenanza. En general, la graduación de las sanciones de estacionamiento se establece en la ordenanza de tráfico o movilidad correspondiente. El Reglamento General de Circulación considera grave cualquier estacionamiento en lugares distintos de los fijados por los agentes de la autoridad responsables del tráfico (en este caso Policía Municipal).

Por otro lado, la ley considera grave el estacionamiento en lugares que obstaculicen gravemente la circulación o si constituye algún riesgo para los peatones.

Si ese callejón al que se refiere no tiene salida, pero sí viviendas, comercios, empresas u otros coches aparcados, podría considerarse grave el estacionamiento realizado. Si se tratara de otro tipo de callejón, podría ser excesivo, pues el estacionamiento de su vehículo no tendría ninguna incidencia ni en otros vehículos ni en los peatones.

Las sanciones graves tienen una cuantía fija de 200 euros. Las sanciones leves son de hasta 100 euros. Circular sin respetar la prioridad en un paso de peatones es también grave, y la cuantía sería la misma con retirada de cuatro puntos. Las infracciones por estacionamientos incorrectos no conllevan retirada de puntos.

Si decidiera presentar alegaciones, debería hacer especial mención a que no se justifica la gravedad de la obstaculización (si es que siquiera había obstaculización) ni el riesgo para otros usuarios.

Multa por circular a 75 km/h en la M30

He recibido una multa por circular a 75 km/h cuando el límite era de 70 km/h en la M30. Más abajo indica: "Aplicada tolerancia conforme a la normativa de control metrológico...". No me envían foto. ¿Debo entender que en los 75 km/h ya está aplicada la tolerancia? Como viene a nombre de mi mujer y el conductor era yo, ¿puedo indicar cuando facilite mis datos como conductor que me remitan la fotografía? Para no tener que solicitarla cuando me la envíen y perder la reducción por solicitarla posteriormente cuando me llegue correctamente. Luis Miguel García.

El Ayuntamiento de Madrid incluye en el hecho denunciado el margen de error, por lo que entendemos que cuando le indica que circulaba a 75 km/h sí se ha rebajado la velocidad a la que circulaba en dicho margen. En la fotografía (que necesariamente da soporte a la denuncia) se verá la velocidad medida.

Nosotros no aconsejamos hacer alegaciones ni petición de pruebas en la identificación del conductor. Si el conductor era usted, deberá esperar a recibir la denuncia a su nombre para ello. Lo normal es que el Ayuntamiento de Madrid adjunte la fotografía a la denuncia, no es habitual que no la envíe como ha ocurrido con la denuncia a nombre de su esposa. Una vez que recibe la denuncia, si realiza petición de pruebas, no podría pagar con descuento; pero si tuviera oportunidad de trasladarse al Ayuntamiento de Madrid, una vez que la denuncia llegue a su nombre, podría solicitar ver el expediente (incluida la fotografía). Nos consta que en ocasiones se puede revisar el expediente completo presencialmente.

Estaba tomando una cerveza en la puerta de un bar, al lado de la sede de la Polícia. Esto lo llevo haciendo años sin ningún problema. Los policías estaban en la puerta a tres metros de mí. Había aparcado el coche a unos 50 metros, enfrente de donde estábamos. De pronto el policía salió corriendo hacía mi coche. Yo hice lo mismo y antes de llegar al coche, le dije: "Pero hombre, si estoy ahí". Me dio el papel de la multa. Me lo guardé. Hoy he ido al ayuntamiento a pagar la multa. Le entrego la multa a una señorita, empieza escribir y me dice que si puedo decirle la matrícula, que no se lee. Le doy los datos y le pregunto que cuánto es la multa, tampoco está claro en el 'papelito' de la denuncia. Me dice que son 200 euros que se quedan en 100. Le digo que me parece muy caro. Me pongo en contacto con ustedes por si puedo reclamar. La multa es por estar mal aparcado en un callejón sin salida y nulo tráfico. La reclamación sería por exceso en la multa. ¿Cuánto será la multa si interrumpiera el tráfico o me saltara un paso de peatones? Espero me digan si hay posibilidad de trámite. Nilo López.

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