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¿Puede retirar la grúa un coche que lleva dos años en la calle?
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¿Puede retirar la grúa un coche que lleva dos años en la calle?

Vivo en una urbanización con vigilancia privada en una calle poco transitada. He tenido en la puerta de casa un vehículo de mi propiedad aparcado más de dos años sin moverlo, está averiado...

Vivo en una urbanización con vigilancia privada en una calle poco transitada. He tenido en la puerta de casa un vehículo de mi propiedad aparcado más de dos años sin moverlo, está averiado y no puedo repararlo por cuestiones económicas. Hoy me lo ha retirado la grúa, alegando que no dispone de seguro (tampoco de ITV). Hace varios meses le pusieron la pegatina de vehículo abandonado, a lo que respondí por instancia general que no estaba abandonado y que tan solo lo estaba custodiando. ¿Puedo recurrir la retirada del vehículo al depósito? ¿Puedo exigir que lo vuelvan a traer a mi domicilio? Juan Carlos Navarro.

Conforme a la Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, un vehículo sin seguro y sin la ITV vigente no puede circular. La misma norma permite a las autoridades competentes la inmovilización de cualquier vehículo que no sea apto para la circulación y su posterior retirada y depósito en caso que las causas de la inmovilización inicial no cesen.

Siendo esta la normativa general, sería conveniente conocer el municipio donde han ocurrido los hechos, pues el procedimiento concreto de retirada de un vehículo es competencia de cada ayuntamiento. Normalmente se establece un período máximo de tiempo en el que un vehículo puede estar estacionado en el mismo lugar. Superado ese plazo, y si el vehículo no es apto para la conducción o puede suponer un riesgo para la seguridad vial, se considera un residuo y se inicia el procedimiento para su retirada. Antes de considerar el vehículo abandonado, se ofrece un plazo al titular para que demuestre que el vehículo no está abandonado y paralizar el expediente. En su caso, si el vehículo estuvo más de dos años en la misma plaza, no tiene seguro ni ITV y en el período de alegaciones no ha podido demostrar que es apto para la circulación, se cumplen todos los requisitos legalmente establecidos para su retirada y depósito.

Sin perjuicio de lo anterior, en todo procedimiento administrativo existe la posibilidad de plantear un recurso por errores cometidos en la tramitación del expediente. En este caso no nos queda claro si el coche estaba dentro de la urbanización o en la vía pública. Si estuviera dentro de la urbanización podría haber posibilidades de recurrir por falta de competencia de la autoridad municipal para la retirada del vehículo.

Conducir un camión con el B

¿Con el permiso de conducir de clase B se puede conducir un camión de 3.500 kilos y seis ruedas? Carlos Armijo.

Para contestar a su pregunta con rigor deberíamos tener algún dato más sobre el vehículo. En general entendemos que se trata de un camión destinado al transporte de mercancías y no de personas con una cabina para no más de ocho pasajeros. De ser así, podría conducirlo con el permiso de la clase B.

Vivo en una urbanización con vigilancia privada en una calle poco transitada. He tenido en la puerta de casa un vehículo de mi propiedad aparcado más de dos años sin moverlo, está averiado y no puedo repararlo por cuestiones económicas. Hoy me lo ha retirado la grúa, alegando que no dispone de seguro (tampoco de ITV). Hace varios meses le pusieron la pegatina de vehículo abandonado, a lo que respondí por instancia general que no estaba abandonado y que tan solo lo estaba custodiando. ¿Puedo recurrir la retirada del vehículo al depósito? ¿Puedo exigir que lo vuelvan a traer a mi domicilio? Juan Carlos Navarro.