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Borja Adsuara

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No se equivoque: autores somos todos

La propiedad intelectual es un asunto espinoso, en plena redefinición, que precisa una aclaración terminológica para poder abordarse con exactitud

Foto: Cicerón ataca a Catilina en el senado romano (Cesare Maccari)
Cicerón ataca a Catilina en el senado romano (Cesare Maccari)

Autor viene del latín “auctor” y este de “augere” = aumentar. Luego el “autor” es el que aumenta los territorios de las ciencias o de las artes con sus obras. Viene de la misma raíz indoeuropea (aug-) que “augur” = adivino y “Augustus” = el consagrado por los augurios. Y, de hecho, el “Imperator Augustus” era el General que había conquistado territorios y había hecho aumentar el Imperio.

Dominio y propiedad se usan a veces como sinónimos, pero no lo son; al menos, no lo eran en origen. El autor es el dueño de la obra (intelectual) y el productor es el propietario del producto (cultural). Puede parecer lo mismo, pero no lo es.

El autor es el dueño de su obra

El dominio, en derecho romano, era el conjunto de facultades que tenía el dueño (dominus) de la casa (domus), tanto sobre las cosas (derechos patrimoniales), como sobre las personas: su mujer, hijos y esclavos (derechos jurisdiccionales). Algo similar ocurre con el autor sobre su obra. Tiene, por un lado, unos derechos patrimoniales y, por otro, unos derechos que no tienen contenido patrimonial y que se han venido llamando “derechos morales”. 

Esos derechos “morales” (o no patrimoniales) no son derechos de propiedad, sino que se parecen más a los derechos que tienen los padres sobre sus hijos. Y está claro que los hijos no son una “propiedad” de los padres. Por eso, entre otras cosas, la propiedad intelectual es una propiedad “especial”, porque tiene una parte que se parece a la propiedad (derechos patrimoniales), pero tiene otra que está claro que no es una propiedad (derechos morales).

La “maternidad” de la obra

Sin embargo, en una sociedad patriarcal se impuso la metáfora del autor como Dios Creador, que tiene un poder absoluto sobre su creación; un derecho incluso sobre la vida o la muerte, porque el autor tiene la potestad de destruir su obra

De hecho, desde su origen, la esencia del Derecho de autor radicaba más en el reconocimiento de la autoría o la paternidad de la obra que en la explotación comercial de la misma, que –hasta la aparición de la imprenta– era muy limitada. Aunque más correcto es decir que el símil no es tanto la paternidad de la obra, sino la “maternidad” de la obra; pues los autores conciben, gestan y dan a la luz pública sus obras, con similar esfuerzo que las madres a sus hijos. Sin embargo, en una sociedad patriarcal se impuso la metáfora del autor como Dios Creador, que tiene un poder absoluto sobre su creación; un derecho incluso sobre la vida o la muerte, porque el autor tiene la potestad de destruir su obra. Algo parecido a lo que hacía el dominus, que tenía el derecho a decidir sobre la vida o muerte de sus esclavos, o el César Imperator Augustus, que con su pulgar decidía sobre la vida o la muerte de los gladiadores en el circo romano.

El productor es el propietario del producto

La “propiedad” es una figura que surge con la extensión del comercio, por la que el propietario se coloca o subroga en lugar del primero que tuvo la cosa, es decir, de su primer "dueño” (proprietas viene de proprius, y este, de “pro” + “prius”). Esta distinción entre dominio y propiedad tiene que ver con los distintos modos de adquirir el dominio: los “originarios” (por ejemplo, el hallazgo o la creación) y los “derivativos” (por ejemplo, la cesión –gratuita– o la compra-venta).

Pues bien, el productor (cultural), al comprar los derechos de explotación de una obra (intelectual), se coloca o subroga en la posición del autor en sus derechos patrimoniales (la propiedad), pero no en los derechos morales. Y tiene el derecho a decidir lo que quiere hacer con su producto; especialmente, el derecho de copia y de comunicación pública; que incluyen si quiere difundirlo, o no, y si quiere difundirlo (gratuitamente) o explotarlo (comercialmente), y cómo.

La gestión de los derechos de autor

Nadie gestiona lo suyo mejor que uno mismo

Los derechos de autor son, sin duda, derechos individuales; porque no hay acto más individual que el de la creación, al igual que lo son la pro-creación y el parto; por eso, a las obras intelectuales se las llama también “partos de la inteligencia”. Y como dice la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual: “Nadie gestiona lo suyo mejor que uno mismo” y se debe preferir la gestión individual a la gestión colectiva, y apostar por esta sólo cuando aquella sea imposible o muy onerosa. Esto ocurre en el ámbito físico, en el que al autor le resultaría imposible o le sería excesivamente oneroso recorrer una a una todas las copisterías, para ver si han fotocopiado su libro, o todas las discotecas, para ver si han tocado su canción.

Pero en el entorno digital sí es posible la gestión individual, por uno mismo o con ayuda de unos “agentes de la propiedad intelectual” (como ya existen “agentes de la propiedad industrial”), que puede y debe coexistir con la gestión colectiva.

Un Registro de la Propiedad Intelectual, en línea y transparente

Para ello, es un requisito y una pieza indispensable que exista un Registro de la Propiedad Intelectual, online y transparente; para que todo el mundo sepa quiénes son los titulares de los derechos (autores y productores). Y en el que cada autor y cada productor puedan decidir libre y voluntariamente cómo quiere difundir o licenciar su obra o producto; si gratuita o comercialmente; y cómo quiere gestionarlo, si individual o colectivamente.

Actualmente, proyectos como Safecreative registran cada semana más obras que todos los registros oficiales en un año y tienen más autores registrados que las entidades de gestión colectiva; porque, en definitiva, todos somos autores.

Autor viene del latín “auctor” y este de “augere” = aumentar. Luego el “autor” es el que aumenta los territorios de las ciencias o de las artes con sus obras. Viene de la misma raíz indoeuropea (aug-) que “augur” = adivino y “Augustus” = el consagrado por los augurios. Y, de hecho, el “Imperator Augustus” era el General que había conquistado territorios y había hecho aumentar el Imperio.

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