Quiero comprar un 'loft', ¿qué gastos e impuestos tendré que pagar?

Estoy interesado en la compra de un 'loft' en San Sebastian de los Reyes. El precio de la vivienda es de 200.000 euros. Me gustaría saber los gastos reales que voy a tener

Foto: Quiero comprar un 'loft', ¿qué gastos e impuestos tendré que pagar? (iStock)
Quiero comprar un 'loft', ¿qué gastos e impuestos tendré que pagar? (iStock)

Estoy interesado en la compra de un 'loft' en San Sebastian de los Reyes. El precio de la vivienda es de 200.000 euros. Me gustaría saber los gastos reales que voy a tener por la compra: notaría, impuestos, etc.

Son varios los gastos que deben afrontarse en la adquisición de una vivienda. Lo primero que hay que tener claro es la diferenciación entre el contrato de compraventa y el contrato de préstamo con garantía hipotecaria —en caso de necesitarse—, puesto que cada uno de ellos conllevará pagos diferenciados.

En el caso de la compraventa, aunque el reparto de los gastos se puede pactar de forma libre por las partes, la ley establece de manera general que deberá pagarlos el comprador, a excepción de la plusvalía municipal, que le corresponderá al vendedor.

El primer gasto que tendrá que afrontar son los aranceles notariales que conlleva la escritura pública de compraventa, fijados de manera estatal mediante una escala, que podrán variar según el número de folios y copias.

El segundo gasto consiste en la inscripción posterior de dicha escritura ante el Registro de la Propiedad, cuyos precios también están fijados de manera estatal. El tercer gasto será el pago de los impuestos, que, tratándose de una vivienda nueva, consistirán en el impuesto sobre el valor añadido (IVA), que en 2019 está fijado en un 10%, por lo que en este caso supondría 20.000 euros, y el impuesto de actos jurídicos documentados (AJD), que varía dependiendo de la comunidad autónoma de que se trate, siendo en el caso de la Comunidad de Madrid de un 0,7%, por lo que ascendería a 1.400 euros; en cambio, tratándose de viviendas de segunda mano, el tributo a aplicar sería el impuesto sobre transmisiones patrimoniales (ITP), que en Madrid asciende a un 6%, por lo que en este caso supondría 12.000 euros.

Por último, estaría el gasto de gestoría, entidad encargada de tramitar todas las gestiones, cuyos honorarios son libres al tratarse de un gasto voluntario. En el caso de que se firmase a su vez un préstamo hipotecario, se deben añadir gastos adicionales, entre los que se encuentra la tasación del inmueble, cuyo precio dependerá de la entidad que realice la tasación y la comisión de apertura.

El resto de gastos, desde la entrada en vigor de la nueva Ley Hipotecaria, deberán ser asumidos por el banco. Finalmente, indicar que son varios los simuladores que existen en internet y pueden dar una referencia aproximada del costo que conllevaría la compraventa dependiendo de la localización del inmueble y su valor de escrituración.

*Beatriz Setién Fernández y Sara Benayas Bolívar, abogadas de Lean Abogados.

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