Doné a mi hija dinero para comprar un piso, ¿puedo desgravarme en la declaración?

Doné a mi hija euros para comprar parte de un piso mediante contrato privado y ahora Hacienda me lo incluye en el borrador de la renta. ¿Me puedo desgravar?

Foto: Doné a mi hija dinero para comprar un piso, ¿puedo desgravarme en la declaración? (Unsplash)
Doné a mi hija dinero para comprar un piso, ¿puedo desgravarme en la declaración? (Unsplash)

Doné a mi hija euros para comprar parte de un piso mediante contrato privado y ahora Hacienda me lo incluye en el borrador de la renta. ¿Me puedo desgravar? Mi hija no lo ha declarado. ¿Tendremos que pagar a Hacienda?

A efectos fiscales es importante diferenciar entre una donación y un donativo. Siendo la primera dinero que regalas a una persona y lo segundo dinero que aportas a organizaciones y fines benéficos. La diferencia está en que los donativos desgravan, pero las donaciones no.

La donación conlleva el pago del impuesto de sucesiones y donaciones (IDS) y el pago de la plusvalía municipal, que se calcula tomando como referencia la ganancia obtenida.

Es importante señalar que el impuesto de sucesiones y donaciones se encuentra cedido a las Comunidades Autónomas, por lo que el tipo de gravamen varía en función de la Comunidad Autónoma donde se deba liquidar que se determina en función del lugar donde radique el bien inmueble.

Así, por ejemplo, en el caso de la Comunidad de Madrid, existe una bonificación de un 99% en la cuota del impuesto de donaciones respecto a los descendientes menores de veintiún años que pertenecen al Grupo I, conforme al artículo 3 de la Ley 7/2007 de 21 de diciembre de Medidas Fiscales y Administrativas.

Respecto al donante, la donación de un inmueble tributa en el IRPF. Como donante deberá tributar por la ganancia patrimonial que se genere con la transmisión, conforme a los artículos 34 y siguientes de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

*Sara Benayas Bolívar y Beatriz Setién Fernández, abogados de Lean Abogados.

Asesor sobre Vivienda

El Confidencial pone a su servicio este consultorio jurídico inmobiliario. Un espacio que está destinado a resolver semanalmente las dudas legales de los ciudadanos sobre temas relacionadas con el sector inmobiliario: alquileres, compraventa, hipotecas, ejecuciones hipotecarias, etc.

En caso de divorcio ¿quién debe hacerse cargo del pago de la hipoteca? o, ¿puedo pagar una parte de la cuota mensual de la hipoteca sin miedo a que me embarguen la casa?

ENVÍE SU CONSULTA


  • Responsable: Lean Abogados
  • Finalidad: Responder a tus preguntas y enviarte comunicaciones comerciales sobre sus productos y/o servicios.
  • Legitimación: Tu consentimiento expreso.
  • Destinatarios: Prestadores de servicios tecnológicos, como encargados del tratamiento, que seguirán siempre nuestras instrucciones.
  • Derechos: Acceder, rectificar y suprimir los datos, entre otros.
  • Información adicional: Política de privacidad de Lean Abogados

Condiciones de uso de Consultorio sobre Ruedas

En cumplimiento con la normativa de protección de datos de carácter personal -LO 15/1999 y RD 1720/2007- los datos de carácter personal remitidos a través del formulario será tratados en el fichero denominado “USUARIOS WEB DE TITIANIA” notificado ante la Agencia Española de Protección de Datos con nº de registro 2060040405, titularidad de TITANIA COMPAÑÍA EDITORIAL, S.L. sito en la calle Virgilio, 25 – 1 A/D con código postal 28223 Pozuelo de Alarcón -Madrid- para la finalidad exclusiva de gestionar las consultas que nos efectúen a través de la sección MOTOR. En todo momento, puede ejercitar los derechos que se le reconocen -acceso, rectificación, cancelación y oposición- mediante comunicación al efecto a través del mail: info [@] elconfidencial.com.

De igual forma, al remitirnos su consulta acepta que ésta junto con la información suministrada sea comunicada a la entidad colaboradora para la finalidad descrita, autorizando, en su caso, la publicación de la misma en la sección o Página Web titularidad de la entidad editora.

Le informamos, igualmente, que no todas las consultas podrán ser resueltas por la entidad colaboradora, efectuándose una selección y publicación de las más importantes, en virtud del grado de interés que pudieren suscitar las mismas. En todo caso, las consultas serán resueltas con el máximo rigor y profesionalidad, no siendo vinculantes para las partes, recomendando que para mayores detalles, a la vista de la consulta o de los hechos del caso en concreto, pudieren dirigirse a profesionales del sector para un asesoramiento del mismo.

Para cualquier aclaración puede dirigirnos su consulta a través del correo electrónico dispuesto en la presente sección.

Consultorio Inmobiliario