Mi madre tiene 85 años, ¿si vende su casa para comprar otra puede perder la pensión?

Mi madre, de 85 años, es beneficiaria de la pensión no contributiva en Málaga. ¿Si vende su vivienda habitual para comprar otra puede perder la pensión?

Foto: Mi madre tiene 85 años, ¿si vende su casa para comprar otra puede perder la pensión? (EFE)
Mi madre tiene 85 años, ¿si vende su casa para comprar otra puede perder la pensión? (EFE)

Mi madre, de 85 años, es beneficiaria de la pensión no contributiva en Málaga. ¿Si vende su vivienda habitual para comprar otra puede perder la pensión?

Para responder a su pregunta debemos de acudir al Real Decreto 357/1991, de 15 de marzo, por el que se desarrolla, en materia de pensiones no contributivas, la Ley 26/1990, de 20 de diciembre, por la que se establecen en la Seguridad Social prestaciones no contributivas.

De acuerdo con éste, el derecho a la pensión de jubilación, en su modalidad no contributiva, se extinguirá cuando el beneficiario, en este caso su madre, perdiese la condición de residente legal o traslade su residencia fuera del territorio español, disponga de rentas o ingresos suficientes o fallezca.

En cuanto a la segunda de las causas, que es la que aquí se cuestiona, se considera que existen rentas suficientes cuando, aquellas de las que disponga o prevea disponer el interesado, en cómputo anual, de enero a diciembre, sean superiores a la cuantía, también en cómputo anual, de las pensiones no contributivas de la Seguridad Social fijadas en la Ley de Presupuestos Generales del Estado, esto es, para el año 2020, deberían ser superiores a 5.538, 40 euros.

Para saber si se llegaría a superar esta cantidad, que comportaría la pérdida del derecho a la pensión no contributiva, se consideran ingresos computables aquellos que provengan de elementos patrimoniales, luego el beneficio obtenido con la venta del inmueble sí sería tenido en cuenta a la hora de calcular si se excede de la cantidad anteriormente mencionada.

*Beatriz Herrera, abogada de Lean Abogados.

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