Compré un piso en subasta judicial, ¿debo pagar yo una deuda con la comunidad?

Compré un piso y una plaza de garaje en subasta pública en el juzgado. Parece ser que hay una deuda de unos 5.000 euros a la comunidad de vecinos

Foto: Compré un piso en subasta judicial, ¿debo pagar yo una deuda con la comunidad? (iStock)
Compré un piso en subasta judicial, ¿debo pagar yo una deuda con la comunidad? (iStock)

Compré un piso y una plaza de garaje en subasta pública en el juzgado. Parece ser que hay una deuda de unos 5.000 euros a la comunidad de vecinos. ¿Puedo yo reclamarles a los anteriores propietarios la cantidad que debo pagar yo?

Durante la subasta judicial se incorporará y enviará al Portal de Subastas, de manera separada para cada una de ellas, el edicto, que incluirá las condiciones generales y particulares de la subasta y de los bienes a subastar, así como cuantos datos y circunstancias sean relevantes para la misma.

Las deudas de los inmuebles con la comunidad de propietarios son relevantes, pues el nuevo propietario o adjudicatario deberá hacerse cargo de los mismos con los límites establecidos en la ley.

La Ley de Propiedad Horizontal (LPH) en su artículo 9.1, apartado e), establece la obligación del propietario de contribuir, con arreglo a su cuota de participación, a los gastos generales para el adecuado sostenimiento del inmueble, sus servicios, cargas y responsabilidades que no sean susceptibles de individualización.

A continuación, indica que quien adquiere una vivienda o local en régimen de propiedad horizontal, incluso cuando su título esté inscrito en el Registro de la Propiedad, responde con el propio inmueble adquirido de las cantidades adeudadas a la comunidad de propietarios.

El límite es el que resulte de imputable a la parte vencida de la anualidad en la cual tenga lugar la adquisición y a los tres años naturales anteriores. Es decir, hay que distinguir entre el obligado personal al pago de los gastos comunes del inmueble, que será el propietario del inmueble que no ha pagado las cuotas comunitarias mientras fue dueño, y, por otro lado, que la vivienda y el garaje quedan afectos, con independencia de quien sea su actual dueño, al pago de los gastos comunes con el límite temporal indicado.

Esto supone que, aunque el nuevo propietario no es el deudor personal de la comunidad, el piso o garaje adquiridos, va a responder de las deudas de la comunidad del anterior propietario con el límite temporal indicado.

Usted, como adjudicatario de la vivienda y la plaza de garaje, deberá responder de los gastos devengados a partir de la fecha del auto de adjudicación del inmueble si el anterior dueño no abona la deuda.

En este sentido se pronuncia la Consulta Vinculante de la Dirección General de Tributos V3629-2020, de 30 de octubre, al indicar que la afección del bien al pago de las cantidades adeudas a la comunidad de los antiguos propietarios no altera la consideración de deudores de la comunidad de los antiguos propietarios.

Además, indica que el pago por el nuevo propietario no supone un mayor valor de adquisición, pero surge un derecho de crédito a su favor que le abre la vía para reclamar el reembolso de su importe a los antiguos propietarios (art. 1.158 Código Civil).

Tendría a su alcance la acción de reclamación de cantidad por cuotas de comunidad impagadas, la cual prescribe a los cinco años, tal y como establece el art. 1. 963.3.ª del Código Civil.

*Sofía Sánchez Fernández y Sonsoles Martínez González, abogadas de Lean Abogados

Asesor sobre Vivienda

El Confidencial pone a su servicio este consultorio jurídico inmobiliario. Un espacio que está destinado a resolver semanalmente las dudas legales de los ciudadanos sobre temas relacionadas con el sector inmobiliario: alquileres, compraventa, hipotecas, ejecuciones hipotecarias, etc.

En caso de divorcio ¿quién debe hacerse cargo del pago de la hipoteca? o, ¿puedo pagar una parte de la cuota mensual de la hipoteca sin miedo a que me embarguen la casa?

ENVÍE SU CONSULTA


  • Responsable: Lean Abogados
  • Finalidad: Responder a tus preguntas y enviarte comunicaciones comerciales sobre sus productos y/o servicios.
  • Legitimación: Tu consentimiento expreso.
  • Destinatarios: Prestadores de servicios tecnológicos, como encargados del tratamiento, que seguirán siempre nuestras instrucciones.
  • Derechos: Acceder, rectificar y suprimir los datos, entre otros.
  • Información adicional: Política de privacidad de Lean Abogados

Condiciones de uso de Consultorio sobre Ruedas

En cumplimiento con la normativa de protección de datos de carácter personal -LO 15/1999 y RD 1720/2007- los datos de carácter personal remitidos a través del formulario será tratados en el fichero denominado “USUARIOS WEB DE TITIANIA” notificado ante la Agencia Española de Protección de Datos con nº de registro 2060040405, titularidad de TITANIA COMPAÑÍA EDITORIAL, S.L. sito en la calle Virgilio, 25 – 1 A/D con código postal 28223 Pozuelo de Alarcón -Madrid- para la finalidad exclusiva de gestionar las consultas que nos efectúen a través de la sección MOTOR. En todo momento, puede ejercitar los derechos que se le reconocen -acceso, rectificación, cancelación y oposición- mediante comunicación al efecto a través del mail: info [@] elconfidencial.com.

De igual forma, al remitirnos su consulta acepta que ésta junto con la información suministrada sea comunicada a la entidad colaboradora para la finalidad descrita, autorizando, en su caso, la publicación de la misma en la sección o Página Web titularidad de la entidad editora.

Le informamos, igualmente, que no todas las consultas podrán ser resueltas por la entidad colaboradora, efectuándose una selección y publicación de las más importantes, en virtud del grado de interés que pudieren suscitar las mismas. En todo caso, las consultas serán resueltas con el máximo rigor y profesionalidad, no siendo vinculantes para las partes, recomendando que para mayores detalles, a la vista de la consulta o de los hechos del caso en concreto, pudieren dirigirse a profesionales del sector para un asesoramiento del mismo.

Para cualquier aclaración puede dirigirnos su consulta a través del correo electrónico dispuesto en la presente sección.

Consultorio Inmobiliario