Se ha caído una maceta de mi ventana y han venido los bomberos, ¿me pueden multar?

Han venido los bomberos porque una maceta se había caído con el aire. ¿Voy a tener que pagar multa por eso?, ¿voy a tener que pagar el servicio de los bomberos?

Foto: Se ha caído una maceta de mi ventana y han venido los bomberos, ¿me pueden multar? (iStock)
Se ha caído una maceta de mi ventana y han venido los bomberos, ¿me pueden multar? (iStock)
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Normalmente, tengo las macetas dentro de casa, pero cuando llego de trabajar las pongo un poco en la ventana. Hoy me fui y se me olvido meterlas dentro y al llegar a casa la vecina me ha escuchado y me ha dicho que han venido los bomberos porque una maceta se había caído con el aire. Vinieron los bomberos y me metieron las plantas dentro de casa. ¿Voy a tener que pagar multa por eso?, ¿voy a tener que pagar el servicio de los bomberos?

Antes de profundizar en la consulta, cabe indicar que el cuerpo de bomberos está al servicio de la administración local por lo que, en función del lugar donde se hayan producido los hechos, se puede llegar a aplicar una normativa (Ordenanza) u otra.

Sentado lo anterior, ciertas actuaciones de los cuerpos de bomberos están sujetas a tasas, en general, cuando se dan ciertas circunstancias, a saber: que no haya peligro vital, cuando la persona resulte beneficiada del servicio y la valoración de si la actuación viene derivada de una negligencia o comportamiento irresponsable.

De cumplirse los tres requisitos anteriores, se deberán pagar las tasas correspondientes en función de la localidad en la que hayan ocurrido los hechos. Cabe indicar que, de haber varios beneficiados, el abono de las tasas se llevará a cabo proporcionalmente al beneficio que hayan obtenido (a través de un informe técnico previo, dicho sea de paso).

De no poder diferenciar la parte proporcional de cada beneficiado, las tasas se abonarán a partes iguales. En línea con lo expuesto anteriormente y tras valorar la información de que disponemos, aparentemente sí se le repercutirán las tasas correspondientes de su localidad, ya que los únicos casos en los que no se repercuten las mismas son aquellos en los que se trate de salvar a una persona en riesgo vital, cuando se declare una catástrofe natural oficialmente o por servicios en beneficio de una comunidad o un grupo grande de personas de un municipio.

Llegados a este punto es cuando entran en juego las empresas aseguradoras, ya que, si su póliza de seguro cubre los siniestros como el ocurrido, será la compañía la que abonará las tasas.

En conclusión, le recomendamos que, en primer lugar, contacte con su compañía de seguros y confirme si este incidente queda cubierto por su póliza.

En segundo lugar, deberá revisar las tasas correspondientes a su localidad, debiendo tenerse en cuenta información tal como el tiempo que duró el servicio, el rango (bombero, cabo, sargento…) de los bomberos que lo llevaron a cabo y el tipo de infracción cometida, entre otros.

*Álvaro Fernández Baert, abogado de Lean Abogados.

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