¿Pueden mis padres (68 y 66 años), ambos venezolanos, comprar una VPO en España?

Escribo en nombre de mis padres (68 y 66 años), ambos venezolanos con residencia legal en España. Quieren comprar una vivienda protegida en Madrid pagando al contado

Foto: ¿Pueden mis padres (68 y 66 años), ambos venezolanos, comprar una VPO en España? (iStock)
¿Pueden mis padres (68 y 66 años), ambos venezolanos, comprar una VPO en España? (iStock)
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Escribo en nombre de mis padres (68 y 66 años), ambos venezolanos con residencia legal en España. Quieren comprar una vivienda en Madrid y quieren saber si pueden comprar una vivienda VPPL pagando al contado en el momento de la firma (sin hipoteca), al no tener ingresos en España y poseer el capital, fruto de la venta de su vivienda en Venezuela.

Las siglas VPPL son la abreviatura de vivienda de protección pública de precio limitado. Dichas viviendas están construidas en suelo protegido y su acceso está reservado a aquellas personas que cumplan una serie de requisitos.

Además, una de sus principales características es que tienen un precio más asequible que el que determina el mercado. Los requisitos que se establezcan en cada caso particular se han de reunir en el momento de la adjudicación de la vivienda. En el caso de la Comunidad de Madrid, por ejemplo, entre los requisitos establecidos podemos destacar los siguientes:

1.- Ingresos familiares que no superen 7,5 veces el indicador público de renta de efectos múltiples (Iprem). Para el año 2023, el Iprem mensual es de 600 euros, el Iprem anual es de 7.200 euros/año, y el Iprem con 14 pagas asciende a 8.400 euros.

2.- Destinar la VPPL a domicilio habitual y permanente.

3.- Que ningún miembro de la unidad familiar haya sido adjudicatario de vivienda de protección pública de la Comunidad de Madrid en los últimos 20 años.

4.- No ser titular del pleno dominio o de un derecho real de uso o disfrute sobre otra vivienda sujeta a régimen de protección en España, excepto cuando sea una parte alícuota de la vivienda menor o igual al 50% y se haya adquirido por título de herencia o no se tenga adjudicado el uso de la vivienda que constituía la residencia familiar a causa de una sentencia judicial de separación o divorcio.

En cuanto al precio, este tipo de viviendas tiene un máximo legal, el cual está regulado mediante orden de la conserjería competente en materia de vivienda en cada comunidad autónoma.

De forma general, a la hora de adquirir una vivienda existen diferentes formas de abonar el precio total de la misma, siendo cada comprador el que adopte aquella que más le convenga.

La opción de solicitar un préstamo hipotecario es la más habitual, pues permite acceder a la vivienda sin disponer del importe total ahorrado. Si se quieren evitar los intereses bancarios, se puede optar por un préstamo entre particulares.

En el caso planteado, es difícil que sus padres puedan acceder a la financiación bancaria al carecer de ingresos recurrentes en nuestro país, por lo que siempre cuentan con la opción de realizar el pago al contado.

Si se dispone del suficiente capital ahorrado, sea cual sea el país de procedencia, el pago al contado es una buena forma para ahorrarse todos los gastos derivados de un préstamo hipotecario. Optar por el pago al contado es una forma de inversión o de acceder a la vivienda para quienes no son elegibles por las entidades financieras para la concesión de una financiación a largo plazo.

Otro de los inconvenientes de esta forma de pago es la descapitalización. Por lo tanto, una persona con residencia legal en España puede acceder a una VPPL si reúne el resto de requisitos legales establecidos por cada comunidad y para la concreta promoción. Si resultasen adjudicatarios de la vivienda, siempre tendrán a su disposición la opción de pago al contado.

*Sonsoles Martínez González, abogada de Lean Abogados.

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