¿Cómo puedo cambiar la licencia de una vivienda turística a vivienda de uso habitual?
¿Cómo puedo cambiar la licencia de una vivienda turística a vivienda de uso habitual?
¿Cómo puedo cambiar la licencia de una vivienda turística a vivienda de uso habitual?
La competencia relativa a la vivienda se encuentra cedida a las comunidades autónomas, por lo que se hace indispensable atender a lo dispuesto en la normativa autonómica de aplicación, esto es, donde se encuentre el inmueble en cuestión.
Por ejemplo, en la Comunidad de Madrid, la regulación relativa a los apartamentos turísticos sería el Decreto 79/2014, de 10 de julio, del Consejo de Gobierno; así, el artículo 6 de la citada normativa dispone que los apartamentos turísticos no podrán utilizarse como residencia permanente ni destinarse a otra finalidad distinta del uso turístico.
El incumplimiento de esta prohibición supone una falta muy grave conforme a lo dispuesto en el artículo 59.d) de la Ley 1/1999, de 12 de marzo, de Ordenación del Turismo de la Comunidad de Madrid, conllevando todo ello una sanción de entre 30.001 y 300.000 euros.
Dependiendo de cada región, es vital confirmar si el inmueble ostenta la característica de uso residencial permitido, es decir, que no tenga ninguna restricción que impida constituirlo como vivienda habitual, entre otros, que cuente con instalaciones técnicas apropiadas y sea funcional.
Por tanto, deberá dirigirse al órgano competente de la comunidad autónoma correspondiente y presentar una declaración responsable mediante la cual se cancele la inscripción de la vivienda como apartamento turístico para, posteriormente y una vez completado el cambio de uso que se dará al inmueble, se modifique la escritura de propiedad y los registros fiscales, lo cual es fundamental para poder residir en él conforme a las disposiciones de la Ley de Arrendamiento Urbanos (LAU), pues las consecuencias legales y fiscales son muy relevantes.
*Álvaro Fernández Baert, abogado de Lean Abogados.
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