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La sostenibilidad y la competitividad no son conceptos opuestos: simplificación y ahorro para las empresas
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La sostenibilidad y la competitividad no son conceptos opuestos: simplificación y ahorro para las empresas

El marco de diligencia debida en sostenibilidad aplicable a las empresas será más sencillo y armonizado, con una supervisión periódica menos frecuente

Foto: Reunión del Consejo Europeo. (Europa Press/Fernando Calvo)
Reunión del Consejo Europeo. (Europa Press/Fernando Calvo)

A raíz del informe de Mario Draghi 'The Future of European Competitiveness' del pasado septiembre de 2024, en el que ponía de manifiesto la necesidad de que Europa tenga un marco regulador que facilite la competitividad y en el que llamaba la atención sobre la carga administrativa y los consiguientes costes de cumplimiento que para las pymes derivan de la directiva sobre la diligencia debida de las empresas en materia de sostenibilidad1 (conocida por sus siglas en inglés como CSDDD), y de la directiva relativa a la presentación de información sobre sostenibilidad de las empresas2 (conocida por sus siglas en inglés como CSRD), la Comisión Europea ha puesto en marcha un ambicioso paquete ómnibus que tiene como objetivo simplificar normativas, reducir costes administrativos y fomentar la competitividad, especialmente para las pymes, todo ello sin comprometer los ambiciosos objetivos del Pacto Verde Europeo.

Origen y contenido del paquete ómnibus

La iniciativa surge de las mencionadas recomendaciones de Mario Draghi, a partir de las cuales, en la Declaración de Budapest del pasado noviembre de 2024, los jefes de Estado y de Gobierno de la Unión instaron a la Comisión Europea a hacer propuestas concretas para reducir los requisitos regulatorios de reporte en al menos un 25% durante la primera mitad de 2025.

El paquete ómnibus engloba, entre otras modificaciones, una propuesta de directiva por la que se modifican las directivas CSRD y CSDDD, y otra propuesta que aplaza la aplicación de todos los requisitos de información de la CSRD para las empresas que debían informar en 2026 y 2027 (las denominadas empresas de las oleadas 2 y 3), y que aplaza un año el plazo de transposición y la primera oleada de aplicación de la CSDDD (hasta 2028).

Beneficios para las empresas

La Comisión Europea se ha atrevido a estimar en 6.300 millones de euros el ahorro final del que se beneficiarán las empresas en la Unión3, lo que permitiría movilizar capital para apoyar prioridades estratégicas.

Foto: 2025-el-ano-de-la-competitividad-y-la-simplificacion Opinión
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En materia de modificaciones de la CSRD, teniendo en cuenta que, como hemos indicado, uno de los objetivos es aliviar la carga administrativa de pymes (que se veían afectadas al estar integradas en cadenas de valor de grandes empresas), la Comisión ha visto una oportunidad para conseguirlo mediante la reducción de los sujetos obligados. Gracias a la modificación, solo aquellas empresas con más de 1.000 empleados y un volumen de negocios superior a 50 millones de euros o un balance general superior a 25 millones de euros, serían sujetos obligados, los cuales, estarán obligados a reportar con arreglo a las 'Normas Europeas de Información sobre la Sostenibilidad' (por sus siglas en inglés, las ESRS), que también serán objeto de revisión y simplificación.

El anterior cambio viene acompañado de cambios en la taxonomía europea, por los que las empresas afectadas verán una simplificación de la información sobre sostenibilidad que han de reportar, prometiendo una reducción en un 70% de los datos que les son exigibles.

Foto: economia-circular-dilegencia-debida-sostenibilidad

En cuanto a la modificación de la CSDDD, uno de los cambios más relevantes es que concede a las empresas más tiempo para prepararse para aplicar el nuevo marco, aplazando un año el plazo de transposición (julio de 2027), y la primera fase de aplicación de los requisitos de diligencia debida en materia de sostenibilidad que afecta a las empresas más grandes (hasta julio de 2028). Adicionalmente, se exime a las empresas de la obligación de realizar sistemáticamente evaluaciones en profundidad de los impactos adversos que se produzcan o puedan producirse en cadenas de valor complejas con proveedores indirectos, de manera que se sólo exigirá una diligencia debida completa más allá del proveedor comercial directo cuando la empresa disponga de información que sugiera que se han producido o pueden producirse impactos adversos. También se amplía de un año a cinco años el intervalo temporal en el que hay que realizar evaluaciones periódicas y actualizaciones.

Las modificaciones en la CSDDD se traducen en que el marco de diligencia debida en sostenibilidad aplicable a las empresas será más sencillo y armonizado, con una supervisión periódica menos frecuente, y con un gran impacto en pymes derivado de que los grandes socios soliciten, sólo, información imprescindible.

Impulso del crecimiento preservando la sostenibilidad

Es de alabar este paquete ómnibus, que representa, en mi opinión, un avance significativo hacia una regulación más equilibrada y eficiente que fomente la competitividad para hacer frente a los desafíos reales y actuales que suponen las grandes potencias como EEUU y China. Además, esta iniciativa envía un mensaje claro desde la Comisión: la sostenibilidad y la competitividad no son conceptos opuestos, sino que se pueden alcanzar mediante el equilibrio.

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*Gonzalo Navarro Ruiz, director de Regulatorio Financiero en ONTIER.

1Directiva (UE) 2024/1760 del Parlamento Europeo y del Consejo de 13 de junio de 2024 sobre diligencia debida de las empresas en materia de sostenibilidad y por la que se modifican la Directiva (UE) 2019/1937 y el Reglamento (UE) 2023/2859.

2Directiva (UE) 2022/2464 del Parlamento Europeo y del Consejo de 14 de diciembre de 2022 por la que se modifican el Reglamento (UE) N.º 537/2014, la Directiva 2004/109/CE, la Directiva 2006/43/CE y la Directiva 2013/34/UE, por lo que respecta a la presentación de información sobre sostenibilidad por parte de las empresas

3Questions and answers on simplification omnibus I and II from the European Commission.

A raíz del informe de Mario Draghi 'The Future of European Competitiveness' del pasado septiembre de 2024, en el que ponía de manifiesto la necesidad de que Europa tenga un marco regulador que facilite la competitividad y en el que llamaba la atención sobre la carga administrativa y los consiguientes costes de cumplimiento que para las pymes derivan de la directiva sobre la diligencia debida de las empresas en materia de sostenibilidad1 (conocida por sus siglas en inglés como CSDDD), y de la directiva relativa a la presentación de información sobre sostenibilidad de las empresas2 (conocida por sus siglas en inglés como CSRD), la Comisión Europea ha puesto en marcha un ambicioso paquete ómnibus que tiene como objetivo simplificar normativas, reducir costes administrativos y fomentar la competitividad, especialmente para las pymes, todo ello sin comprometer los ambiciosos objetivos del Pacto Verde Europeo.

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