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No puede hablarse de 'autodeterminación del sexo' como ejercicio de la libre voluntad
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No puede hablarse de 'autodeterminación del sexo' como ejercicio de la libre voluntad

El respeto a la diversidad es condición necesaria para una justa convivencia, pero no suficiente para resolver la desigualdad estructural entre los sexos

Foto: Varios centenares de personas marchan el día del Orgullo LGTBI en Murcia. (EFE)
Varios centenares de personas marchan el día del Orgullo LGTBI en Murcia. (EFE)

Ante la apertura, por parte del Ministerio de Igualdad, del trámite de consulta pública previa a la elaboración de un proyecto normativo que denominan “ley trans” consideramos urgente un debate amplio y veraz sobre los términos y supuestos que contendría una ley de esa naturaleza, dadas las previas proposiciones de ley similares (122/000097 de 2017 y 122/000191 de 2018), y las leyes aprobadas en diversas Comunidades Autónomas, que incluyen nociones problemáticas y evidentes colisiones con algunas otras normas superiores.

Creemos necesario preservar la distinción y no confusión de los conceptos de sexo y género: el sexo como realidad biológica constatable y el género como constructo cultural de estereotipos.

Para el feminismo, el género ha sido siempre esa construcción jerárquica de los estereotipos sexuales que ha fundamentado la desigualdad y la opresión de las mujeres. Observamos con preocupación cómo, en lugar de rechazar tales estereotipos, se pretende presentarlos como una opción elegible, sin impugnar el sustrato de poder que conllevan. La expresión “género sentido” o “sexo sentido” aluden a algo esencializado y subjetivo, inverificable en sus consecuencias jurídicas, más allá del sentimiento interno.

El respeto a la diversidad es condición necesaria para una justa convivencia, pero no suficiente para resolver la desigualdad

El respeto a la diversidad es condición necesaria para una justa convivencia, pero no suficiente para resolver la desigualdad estructural entre los sexos. Pensamos que ello solo será posible aboliendo el género, no con su perpetuación o diversificación. La diversidad elegible no subvierte nada por sí misma.

Si bien la sexualidad está influida por la cultura, no podemos negar que el sexo es un dato objetivo en sus aspectos genético, gonadal, hormonal, anatómico y genital. No puede hablarse de “autodeterminación del sexo” como ejercicio de la libre voluntad.

Abogamos por la libertad de sentimiento, de expresión, de elección sexual, estética o de comportamiento, y por la garantía del derecho a la no discriminación a causa de ello. Pero pretender que el ser mujer u hombre es una mera elección desdibuja la realidad material del sexo, justo aquello que determina el género en que se nos socializa.

Foto: Celebración del día internacional contra la homofobia y la transfobia

Minimizar los condicionantes que el sexo comporta, sobre todo de opresión para las mujeres, secularmente utilizadas como objetos sexuales y reproductivos, (prostitución y vientres de alquiler), es hacerle el juego a la visión patriarcal y misógina, así como perpetuar dicha opresión.

El feminismo es una teoría ética y política de cambio social que tiene por objeto aumentar las capacidades, derechos y libertades de las mujeres, y, como consecuencia, la calidad política y moral de la sociedad en su conjunto; no impide la adhesión de quienes sientan como propias sus reivindicaciones. El feminismo es un cambio global del que las mujeres constituimos la vanguardia por derecho propio.

Creemos, además, necesario un acompañamiento psicológico a las y los menores disidentes de la normativa de género, que contemple acciones de apoyo y autoafirmación, sin necesidad de etiquetarlos previamente como “niños/niñas trans” y encaminarlos hacia los bloqueadores de pubertad. Es preciso investigar los efectos a largo plazo de la hormonación y medicalización, así como prever un posible cambio de parecer en el futuro, con el añadido de la imposibilidad de revertir acciones quirúrgicas y hormonales agresivas.

En las proposiciones de ley ya citadas, y en muchas de las leyes aprobadas en las Comunidades Autónomas, no parece suficientemente garantizada la libertad de ayuda psicológica sino que se los encamina a la transición, lo que se convierte en un proceso coactivo para la infancia y las y los profesionales de la salud.

El lenguaje inclusivo no consiste en la ocultación de las mujeres

El lenguaje inclusivo no consiste en la ocultación de las mujeres, como por ejemplo sustituyendo a las madres por el término “progenitor gestante”. Las mujeres no somos “cuerpos feminizados”, ni “cuerpos menstruantes”, ni es una ofensa para nadie que podamos hablar de nuestras vaginas, reglas y embarazos. Existe toda una neolengua que invisibiliza y borra a las mujeres con la excusa de la inclusividad.

Negar la relevancia del sexo y encaminarnos hacia una supuesta autodeterminación de este según el género elegido, colisiona con las leyes de igualdad y de violencia de género, y condiciona aspectos y olvidos en las leyes de libertad sexual o de protección de la infancia, como algunos y algunas juristas vienen apuntando.

La defensa de las mujeres, el mantenimiento de los espacios reservados, las cuotas, las ayudas, la diferenciación por sexos en competiciones deportivas, o los datos desagregados por sexo para analizar el comportamiento social o tomar medidas frente a las desigualdades entre los sexos son otros de los derechos conculcados si se sustituye sexo por género sentido.

Foto: Gabriel, (2-i), un menor transexual, acompañado por su familia con las 129.000 firmas que entregó en la Dirección General de Registros y Notariado para pedir que le permitan cambiar su nombre en el DNI. (EFE)

Todo lo que venimos señalando constituye un debate trascendental, ético y político, que no se puede hurtar a la opinión pública porque tiene graves consecuencias prácticas. El debate debe de ser amplio, profundo, abierto y multidisciplinar. No queremos dar pasos en falso que en realidad ponen en peligro la garantía de los derechos LGTBI. El respeto a la diversidad sexual no implica olvidar nociones jurídicas elementales o vulnerar derechos reconocidos. Las personas firmantes de este escrito nos posicionamos a favor de la libertad personal y de la libertad de expresión. Nunca es legítimo restringir esta libertad so pretexto de supuestos “delitos de odio”.

En definitiva, reclamamos una reflexión seria sobre todos estos aspectos, y puesto que la ley que el Ministerio de Igualdad dice querer preparar alude a conceptos ambiguos y jurídicamente inseguros que modifican lo que se entiende por sexo, género, identidad, diferencia sexual, salud, derechos e igualdad.

Instamos a que se convoque a asociaciones y personas expertas de todos los ámbitos implicados, asociaciones feministas, asociaciones LGTBI, profesionales de la psicología, la medicina, el ámbito jurídico… Abriendo al público la información precisa y contrastada. Estamos ante una situación grave que sin duda compromete a nuestra juventud y a las generaciones futuras.

Firman esta carta:

  • Amelia Valcárcel Bernaldo de Quirós
  • Ángeles Álvarez Álvarez
  • Laura Freixas Revuelta
  • Marina Gilabert Aguilar
  • Alicia Miyares Fernández
  • Rosa María Rodríguez Magda
  • Victoria Sendón de León
  • Juana Serna Masiá

Ante la apertura, por parte del Ministerio de Igualdad, del trámite de consulta pública previa a la elaboración de un proyecto normativo que denominan “ley trans” consideramos urgente un debate amplio y veraz sobre los términos y supuestos que contendría una ley de esa naturaleza, dadas las previas proposiciones de ley similares (122/000097 de 2017 y 122/000191 de 2018), y las leyes aprobadas en diversas Comunidades Autónomas, que incluyen nociones problemáticas y evidentes colisiones con algunas otras normas superiores.

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