Es noticia
El derecho a decidir de las personas con discapacidad
  1. España
  2. Tribuna
TribunaEC14

Tribuna

Por

El derecho a decidir de las personas con discapacidad

Las personas con discapacidad por fin podrán, sin mengua de su seguridad, asumir las riendas de su vida, ser protagonistas de las decisiones que les afectan

Foto: Personas con discapacidad intelectual exigen ante el TC su derecho al voto en 2017. (EFE)
Personas con discapacidad intelectual exigen ante el TC su derecho al voto en 2017. (EFE)

Tras muchos años de esfuerzo, de vencer resistencias jurídicas y sociales, se encuentra en sede parlamentaria el “proyecto de ley por el que se reforma la legislación civil y procesal para el apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica”.

Con esta sugerente denominación, nos encontramos ante la mayor reforma de nuestro derecho privado abordada en época democrática, que trata de cambiar ese estado de cosas, asumiendo nuevos principios en la consideración de la discapacidad.

Foto: “Hace 28 años se inauguró la piscina municipal de Colmenar Viejo, llegamos con unos 70 chavales y los que estaban en el agua se salieron" (Miguel Berrocal / Fundación Envera). Opinión

Esta futura ley permitirá al fin a España adaptar su normativa a la Convención Internacional de los Derechos sobre las personas con discapacidad, que entró en vigor hace 12 años.

Hemos de felicitarnos por ello. Las personas con discapacidad por fin podrán, sin mengua de su seguridad, asumir las riendas de su vida; decidir cuándo contratar o celebrar un negocio, e intervenir en el diseño de las instituciones de apoyo y asistencia que requieran. En definitiva, ser protagonistas de las decisiones que les afectan.

Foto: El diputado del PP, Ignacio Tremiño, posa junto a miembros de diferentes colectivos a las puertas del Congreso de los Diputados este jueves. (EFE)

Uno de los aciertos del proyecto supone, manteniendo la posibilidad del recurso a la institución judicial y al ministerio fiscal, desvincular, cuando no es necesario, la vida de estas personas de procedimientos dilatados y costosos para ellas, sus familias y la sociedad en general.

Se trata, por tanto, de un proyecto de reforma esperado, elogiado, demandado por las personas directamente afectadas y sus familias, y exigido por los convenios internacionales y la propia dignidad de las personas con discapacidad.

El esfuerzo invertido por amplios sectores sociales y jurídicos merece el apoyo mayoritario de los grupos políticos, pero también es necesario reflexionar sobre extremos en los que es mejorable para no suponer una oportunidad perdida.

Foto: Trabajadores de un centro de empleo para personas con discapacidad intelectual y física. (EFE)

El reconocimiento de una plena capacidad para estas personas exige que queden meridianamente claros algunos aspectos del proyecto, como el de preferencia de los apoyos y medidas voluntarias y el respeto a la autonomía de la voluntad, y que esos apoyos se puedan establecer no solo en previsión de una futura discapacidad, sino también una vez la discapacidad está presente.

La consagración de la guarda de hecho como una alternativa real sin necesidad de recurso a un procedimiento judicial; desvincular el poder preventivo general; la administración del patrimonio protegido de la curatela representativa, o que esta institución de verdad se consagre como la última alternativa en caso de imposibilidad de acudir a apoyos voluntarios.

Foto: personas-con-discapacidad-talento-empleo-bra

Mención aparte merece el recurso al Registro de la Propiedad para conferir publicidad a las situaciones de discapacidad a través del denominado 'Libro único informatizado'. Ni la naturaleza y objeto del Registro de la Propiedad, que son los bienes inmuebles y derechos reales, ni su sistema de publicidad, atentatorio con la legislación española y europea de protección de datos especialmente protegidos como son los que nos ocupan, ni sus efectos en un sistema consensual en que los contratos se perfeccionan antes de acceder al registro, lo hacen adecuado para conferir seguridad a las personas con discapacidad. La sede adecuada para ello es, como no puede ser de otra manera y reconocen todos los ordenamientos de nuestro entorno, el Registro civil, cuyo acceso al tiempo de celebrar un negocio jurídico debe posibilitarse a autoridades y funcionarios públicos, y que cubre sobradamente las necesidades de reserva de la intimidad de las personas evitando su estigmatización.

Desde la fundación Aequitas, avalada por décadas de trabajo jurídico, formativo y de divulgación sobre colectivos vulnerables y, de manera especial, sobre las personas con discapacidad, nos hemos permitido hacer llegar a los diferentes grupos políticos nuestro parecer al respecto. Sabemos que otras organizaciones de personas con discapacidad, cada una desde su perspectiva, han hecho lo propio. Solo nos queda esperar que el trámite parlamentario, que para eso está, trate de incorporar esta serie de matices en el proyecto y que, procurando el mayor consenso parlamentario posible, podamos enorgullecernos de una ley que consagre de una vez por todas los derechos humanos, la igualdad y la dignidad de las personas con discapacidad.

*Federico Cabello de Alba Jurado. Notario. Director del área social Fundación Aequitas.

Tras muchos años de esfuerzo, de vencer resistencias jurídicas y sociales, se encuentra en sede parlamentaria el “proyecto de ley por el que se reforma la legislación civil y procesal para el apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica”.

Discapacidad