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Alberto Cabello

Por la dignidad de la Abogacía

Pareciera que el nuevo Estatuto pasa por la degradación de los profesionales a operadores jurídicos de segunda, convirtiéndoles en el patito feo de la Justicia

Foto: Dos abogados examinan unos papeles. (iStock)
Dos abogados examinan unos papeles. (iStock)

Cuando el ministro de Justicia, Juan Carlos Campo, se dirigió por primera vez a la Abogacía -allá por finales de enero de 2020- expresó convencido que ésta tenía un aliado en el Ministerio, mostró una inusitada empatía con el colectivo al señalar que compartían nuestras preocupaciones porque son las suyas y, además, apuntó a que teníamos una oportunidad histórica de perfeccionar nuestro marco de garantías legales. Apenas un mes más tarde, el ministro sorprendía con una frase tan inusual como aparentemente simpática: que la justicia no es el patito feo de los presupuestos, el problema es que no tenemos un modelo de servicio público.

Pues bien, a principios del mes de marzo de 2021, el Consejo de Ministros anunció la aprobación del tan ansiado nuevo Estatuto General de la Abogacía Española, que sustituía a la versión de 2001 y que sería el “mismo” que el aprobado ocho años atrás por el Pleno del Consejo General de la Abogacía Española. Esta norma ha sido publicada en el BOE el 24 de marzo de 2021, sin que hayan trascendido las razones de por qué se han necesitado más de tres semanas para su publicación.

Foto: Un abogado, firmando documentos. (iStock) Opinión

El nuevo artículo 56.1 preceptúa que “los profesionales de la abogacía tendrán derecho a intervenir ante los juzgados y tribunales de cualquier jurisdicción sentados en el estrado, preferentemente, al mismo nivel en que se halle instalado el órgano jurisdiccional”. Una primera lectura sugeriría que no se introduce cambio alguno respecto de las versiones anteriores. Sin embargo, el Gobierno ha considerado oportuno, sin tampoco dar ni una sola explicación, añadir la mención “preferentemente”.

Esta adición abre la puerta a interpretar que la abogacía únicamente estará al mismo nivel que el tribunal y que el resto de los operadores jurídicos (procuradores, fiscales, Abogacía del Estado y otros cuyas normas estatutarias no prevén tal limitación) cuando así sea posible. Así, cabría la posibilidad de que en un juicio penal, el fiscal (ejerciendo la acusación popular) y el tribunal estuvieran al mismo nivel, mientras que la abogacía en defensa del acusado estuviera, por permitirlo la norma estatutaria, en una posición inferior.

Un escenario así no solo sería dantesco sino frontalmente contrario a la literalidad del artículo 187.2 Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), que no establece distinción alguna sobre la altura a la que deben estar los operadores jurídicos en los estrados. Es más, en su reciente sentencia de 24 de febrero de 2021, la Sala de lo Penal de nuestro Alto Tribunal censuró la conocida “pena de banquillo”, esto es, la imposibilidad de que el acusado pudiera sentarse al lado de su defensa letrada durante el juicio.

A tal efecto, el Supremo advirtió que la dirección de la vista reclama un decidido y activo compromiso con las finalidades comunicativas del acto procesal y con los valores constitucionales y metajurídicos que deben configurarlo: entre otros, la efectiva garantía de los derechos a la igual consideración y respeto, a la defensa y a la presunción de inocencia como regla, además, de tratamiento.

Pareciera, por tanto, que el modelo de servicio público de Justicia y la oportunidad histórica para perfeccionar el marco de las garantías legales pasan, en realidad, por la degradación de la Abogacía -y por extensión a sus defendidos- a operadores jurídicos de segunda, convirtiéndola en el “patito feo” de la Justicia y dispensándole una consideración y respeto inferiores.

Ante esta situación, cuesta creer que el ministro ejerciera otrora como magistrado de lo Penal en la Audiencia Provincial de Cádiz dirigiendo juicios. Como también cuesta creer que el Ministerio de Justicia sea verdaderamente un aliado de la abogacía que, a su vez, comparta sus preocupaciones.

Cuesta creer que el Ministerio de Justicia sea un verdadero aliado de la abogacía

La Abogacía, como garante del derecho constitucional de defensa, merece el mismo respeto y consideración que los restantes operadores jurídicos al guardar sala. Y eso pasa, indefectiblemente, por estar siempre y en todo momento -y no “preferentemente”- a la misma altura.

Por todo ello, y como presidente de la Agrupación de Jóvenes Abogados del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid, anuncio desde ya el ejercicio de acciones legales dirigidas a obtener la nulidad del artículo 56.1 del nuevo Estatuto General de la Abogacía Española.

Por la dignidad de la Abogacía.

* Alberto Cabello Massegosa es presidente de la Agrupación de Jóvenes Abogados del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid (AJA Madrid)

Cuando el ministro de Justicia, Juan Carlos Campo, se dirigió por primera vez a la Abogacía -allá por finales de enero de 2020- expresó convencido que ésta tenía un aliado en el Ministerio, mostró una inusitada empatía con el colectivo al señalar que compartían nuestras preocupaciones porque son las suyas y, además, apuntó a que teníamos una oportunidad histórica de perfeccionar nuestro marco de garantías legales. Apenas un mes más tarde, el ministro sorprendía con una frase tan inusual como aparentemente simpática: que la justicia no es el patito feo de los presupuestos, el problema es que no tenemos un modelo de servicio público.

Consejo General de la Abogacía Española (CGAE) Despachos Abogados
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