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Ley Iceta: transparencia, sí, pero ¿cuándo?
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Ley Iceta: transparencia, sí, pero ¿cuándo?

A los operadores de la industria cultural no les queda otra que lidiar con la incertidumbre, y a los artistas, ver cómo otra reforma supuestamente rompedora y bienintencionada, languidece hasta quedar obsoleta

Foto: El grupo español La Oreja de Van Gogh inicia su gira en México en marzo de 2022. EFE Isaac Esquivel
El grupo español La Oreja de Van Gogh inicia su gira en México en marzo de 2022. EFE Isaac Esquivel

Han pasado más de trescientos días desde que el Real Decreto-ley 24/2021, conocido como Ley Iceta, se convalidó en el Congreso de los Diputados y comenzó a tramitarse como proyecto de ley. Esta norma pretendía marcar un antes y un después en la defensa de la propiedad intelectual en Internet, así como investir a autores y artistas de una batería reforzada de salvaguardas frente a las grandes empresas culturales. Casi un año después de su entrada en vigor, los únicos efectos perceptibles han sido el regreso de Google News a España y el abucheo generalizado de los grupos parlamentarios, la industria y la doctrina especializada. ¿Los motivos de las críticas? La opacidad con que se redactó la norma, su pésima técnica jurídica y su falta de claridad.

Muchos vieron en la tramitación parlamentaria de la Ley Iceta una oportunidad para solventar estos defectos. Tras decenas de ampliaciones del trámite de enmiendas a su articulado, parecen haberse equivocado. Una norma clara, que desarrolle de manera sustantiva las bases de la Directiva sobre Derechos de Autor y Afines en el Mercado Único Digital —que la Ley Iceta transpuso de forma no por tardía, menos apresurada— y cohesione las a menudo antagónicas reivindicaciones de los sectores económicos afectados parece, cada día más, una quimera. Hoy por hoy, la única certeza es que plataformas, productoras, discográficas y editoriales tienen que cumplir con este Real Decreto-ley y poner luz sobre sus puntos ciegos, o intentarlo.

Entre estos puntos ciegos, se ha escrito mucho sobre la derogación del llamado canon AEDE y del nuevo régimen de responsabilidad de las plataformas como YouTube, pero se han pasado por alto otros que, si bien igual de relevantes, quizá no han desvelado su importancia todavía. El principio de remuneración adecuada y proporcionada a favor de autores y artistas, la acción de revisión por remuneración no equitativa, el derecho de revocación, la obligación de transparencia impuesta a las empresas a las que autores y artistas cedan sus derechos… Todas estas medidas, implementadas por la Ley Iceta de manera harto imperfecta, suponen un desafío cotidiano para los operadores de la industria cultural, quienes deben abordarlas sin tener claro su alcance, cómo deben cumplirse y hasta qué punto suponen un riesgo para su negocio.

Foto: Disney podría perder los derechos de Mickey Mouse en 2024... ¡Y mucho dinero! (EFE/EPA/Christophe Petit Tesson)

La obligación de transparencia es quizá la más peculiar de estas medidas. Muy resumidamente, esta obligación conmina a los cesionarios de los derechos de autores y artistas a informar anualmente a estos sobre el estado y los ingresos generados por la explotación de sus obras e interpretaciones. Un mandato sencillo que podría cumplirse con facilidad si la realidad sobre la que debe aplicarse no fuera compleja.

En la realidad del mercado, autores y artistas rara vez ceden sus derechos a un solo cesionario, y este rara vez los conserva para siempre o en su integridad. Tampoco es lo mismo un mero licenciatario que un cesionario en exclusiva o el titular de una autorización de una entidad de gestión de derechos, pese a que la Ley Iceta parezca referirse a todos ellos indistintamente. Y no todas las modalidades de explotación permiten su trazabilidad en la misma medida, ni hacen posible una atribución precisa de los ingresos a tal o cual obra o interpretación.

Foto: El cantante Joaquín Sabina durante un concierto. (EFE/Fabián Mattiazzi)

De ahí las preguntas que el "sencillo" mandato de la obligación de transparencia suscita a todos los operadores afectados. ¿Debo yo, productora audiovisual, proporcionar información a los actores que aparecen en mi película? Me sería relativamente fácil con los actores protagonistas, pero ¿debo proporcionársela a todos, sin importar la relevancia de su papel? ¿También a los músicos que interpretaron la banda sonora de la película, a los que ni siquiera he contratado yo? ¿Qué información debo facilitarles, con qué nivel de detalle?

La mayoría de mis producciones se explotan en un servicio de streaming del que yo misma soy titular y para el que tengo licencias en vigor con SGAE, AISGE y el resto de entidades de gestión, a las que ya informo periódicamente sobre la explotación de mi catálogo. ¿Puedo cumplir con la obligación de transparencia a través de los informes que envío a estas entidades? De ser así, ¿puedo delegar enteramente en ellas la comunicación con autores y artistas? ¿Sería yo responsable si ellas incumplen? ¿Qué ocurre con las modalidades de explotación que escapan al control de estas entidades? ¿Y con las explotaciones de mis licenciatarios? ¿Deben informar ellos o sigo siendo yo el obligado?

Foto: El ministro de Política Territorial y Función Pública, Miquel Iceta. (EFE)

La Ley Iceta no responde a ninguna de estas preguntas, ni lo hará mientras su tramitación como proyecto de ley se siga prolongando sine die. Entre tanto, a los operadores de la industria cultural no les queda más remedio que lidiar con la incertidumbre y la inseguridad, y a los autores y artistas, ver cómo otra reforma pretendidamente rompedora y bienintencionada, languidece hasta quedar obsoleta.

* José María Méndez es socio responsable de Propiedad Intelectual y Tecnología de Baker McKenzie.

* Pelayo Puente es asociado de Propiedad Intelectual y Tecnología de Baker McKenzie.

Han pasado más de trescientos días desde que el Real Decreto-ley 24/2021, conocido como Ley Iceta, se convalidó en el Congreso de los Diputados y comenzó a tramitarse como proyecto de ley. Esta norma pretendía marcar un antes y un después en la defensa de la propiedad intelectual en Internet, así como investir a autores y artistas de una batería reforzada de salvaguardas frente a las grandes empresas culturales. Casi un año después de su entrada en vigor, los únicos efectos perceptibles han sido el regreso de Google News a España y el abucheo generalizado de los grupos parlamentarios, la industria y la doctrina especializada. ¿Los motivos de las críticas? La opacidad con que se redactó la norma, su pésima técnica jurídica y su falta de claridad.

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