Es noticia
Golpe a la corrupción y previsible aprobación de nueva directiva europea en 2024
  1. Jurídico
  2. Tribuna
Colaboradores ECJurídico4

Tribuna

Por

Golpe a la corrupción y previsible aprobación de nueva directiva europea en 2024

El 70% de los europeos piensa que hay corrupción en las instituciones públicas nacionales de su país, y el 30% piensa que no tiene sentido denunciar porque los responsables saldrán impunes

Foto: Golpe a la corrupción y previsible aprobación de nueva directiva europea en 2024
Golpe a la corrupción y previsible aprobación de nueva directiva europea en 2024

Los resultados del último Eurobarómetro realizado en noviembre de 2023 muestran que el 70% de los europeos piensa que hay corrupción en las instituciones públicas nacionales de su país. Como mostramos en el cuadro, esa percepción se produce en un 89 % de los ciudadanos españoles, una de las más altas de la Unión Europea (UE).

placeholder Fuente: Eurobarómetro UE de noviembre de 2023: Citizens' attitudes towards corruption in the EU in 2023 -
Eurobarometer survey (europa.eu)
Fuente: Eurobarómetro UE de noviembre de 2023: Citizens' attitudes towards corruption in the EU in 2023 - Eurobarometer survey (europa.eu)

Un 54% de los encuestados dice desconocer dónde denunciar un caso de corrupción. Otros datos de interés son que el 47 % declara que es difícil probar los casos de corrupción, y el 30% piensa que no tiene sentido denunciar porque los responsables saldrán impunes.

placeholder Fuente: Eurobarómetro UE de noviembre de 2023: Citizens' attitudes towards corruption in the EU in 2023  - Eurobarometer survey (europa.eu)
Fuente: Eurobarómetro UE de noviembre de 2023: Citizens' attitudes towards corruption in the EU in 2023 - Eurobarometer survey (europa.eu)

Otro dato a destacar es que un 78% de los ciudadanos opina que los vínculos estrechos entre el mundo de los negocios y la política lleva a unos mayores índices de corrupción. Para responder a este problema, la UE ha publicado recientemente una propuesta de nueva directiva contra la corrupción, que previsiblemente será aprobada durante 2024. Su propósito es asegurar que todas las distintas formas de corrupción sean perseguidas penalmente en todos los Estados miembros. También propicia que se tomen medidas de prevención de la corrupción en los países.

Algunos de los problemas específicos presentes en la legislación y jurisdicción de los países que resuelve la directiva y propician la impunidad de las prácticas corruptas son la ausencia de definición del “funcionario público de alto nivel”, la no inclusión de algunos delitos de corrupción o la incompleta definición de estos, la duración excesiva de los procedimientos penales, y falta de estadísticas que lo reflejen.

También los plazos de prescripción de delitos demasiado cortos, las penas efectivas a delitos de corrupción demasiado cortas, las reglas de inmunidad y privilegios a autoridades aplicados con poca transparencia la falta recursos, especialización y formación en los órganos encargados de investigar, la ausencia de políticas preventivas, la poca transparencia y visibilidad de la información que los funcionarios públicos de alto nivel utilizan en su toma de decisiones y que resulta en falta de trazabilidad para exigirles responsabilidades y los poderes limitados para los órganos encargados de investigar (por ejemplo, limitaciones en la disponibilidad de la información/documentación).

Foto: Pleno del Senado. Foto: EFE Javier Lizón Opinión

La nueva directiva determina los delitos que necesariamente deben ser contemplados en las legislaciones de los países y los define con carácter mínimo. Los más relevantes son los sobornos en el sector público —se contemplan los dos supuestos: soborno activo y soborno pasivo—; la apropiación indebida, referida a las conductas que tienen por objeto el compromiso, desembolso, apropiación o uso de propiedades o fondos públicos que le han sido confiados para su gestión a un funcionario público, y que son desviados hacia un fin distinto al que estaba previsto.

La influencia comercial, haciendo referencia a la promesa u oferta de entrega de un beneficio a una persona, para que ejerza su influencia real o supuesta sobre un funcionario público para que le dé una ventaja indebida (influencia comercial activa), así como al requerimiento directo de ese beneficio por parte del funcionario (influencia comercial pasiva); el abuso de funciones, cuando un funcionario a través de sus actos u omisiones facilita la obtención de una ventaja para él mismo o para un tercero; la obstrucción a la justicia, la cual se incluye en relación con los anteriores delitos; y el enriquecimiento derivado de delitos de corrupción, penalizando la adquisición intencionada de activos derivados de delitos de corrupción por parte de funcionarios públicos.

La Directiva considera como circunstancia agravante de estos delitos que sean cometidos por un “funcionario de alto nivel”. Define a los “funcionarios de alto nivel” como jefes de Estado, presidentes de gobiernos centrales y regionales, ministros, altos funcionarios, parlamentarios, miembros de altos tribunales y miembros de altas instituciones auditoras. En paralelo, se exige que las legislaciones de los países cubran un mínimo en la definición de lo que constituye incumplimiento de sus deberes legales de un funcionario por un comportamiento desleal (breach of duty).

"La nueva directiva vendrá a establecer unos estándares de ética más altos a 'funcionarios de alto nivel'"

La nueva directiva acota más la responsabilidad por la actuación de los funcionarios, en especial los de alto nivel. En la lucha contra la corrupción es fundamental la exigencia de los más altos estándares de ética y grado de cumplimiento de las leyes a nuestros dirigentes. Los líderes predican con el ejemplo y la tolerancia a su falta de ética es la antesala de la corrupción. Por otra parte, los delitos de corrupción con gran impacto en nuestra sociedad, los más graves, solamente están al alcance de aquellas personas que nos lideran en los diferentes ámbitos. Los funcionarios de niveles bajos o intermedios no tienen la oportunidad de llevarlos a cabo.

En resumen, la nueva directiva vendrá a establecer unos estándares de ética más altos a “funcionarios de alto nivel” (tone at the top o "ética de los altos dirigentes"). También establece responsabilidad penal por determinadas conductas que actualmente no se encuentran tipificadas como delitos, y que son propias de nuestros dirigentes. La actuación ejemplar de los que mandan es fundamental para combatir la corrupción. En mi opinión, la nueva directiva supondrá un gran paso hacia adelante, respondiendo así a lo que demandamos los ciudadanos europeos, y también a lo que establece la Convención de las Naciones Unidas contra la corrupción.

* Ricardo Noreña, socio responsable en Ricardo Noreña Consulting y vocal de la Junta Directiva de Cumplen.

Los resultados del último Eurobarómetro realizado en noviembre de 2023 muestran que el 70% de los europeos piensa que hay corrupción en las instituciones públicas nacionales de su país. Como mostramos en el cuadro, esa percepción se produce en un 89 % de los ciudadanos españoles, una de las más altas de la Unión Europea (UE).

Despachos Abogados Fiscalía Anticorrupción Unión Europea