Voy a vender una casa, ¿qué gastos e impuestos tendré que pagar?

Quiero vender mi casa y no sé exactamente cuáles son los gastos que conlleva. Vivo en Viladecans (Barcelona). La casa fue adquirida de obra nueva en octubre del año 2000

Foto: Voy a vender una casa, ¿qué gastos e impuestos tendré que pagar? (Pixabay)
Voy a vender una casa, ¿qué gastos e impuestos tendré que pagar? (Pixabay)

Quiero vender mi casa y no sé exactamente cuáles son los gastos que conlleva. Vivo en Viladecans (Barcelona). La casa fue adquirida de obra nueva en octubre del año 2000.

La venta de una vivienda conlleva una serie de gastos e impuestos que deberá el propietario tener en consideración a la hora de fijar el precio de venta, entre ellos principalmente:

1.- Impuesto sobre el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana (IIVTU), conocido como plusvalía municipal. Se liquida en los ayuntamientos y la debe pagar todo el mundo. Se calcula sobre el valor catastral de la vivienda y el número de años que se ha tenido en propiedad, ante lo cual en los últimos años se ha incrementado porque el valor catastral de muchas viviendas ha subido, pese a que el precio de venta haya bajado.

2.- Gastos de notaría y cancelación de la hipoteca. Otro de los gastos que se origina en una venta es el de notaría y registro de la propiedad. Salvo que las partes decidan otra cosa, el coste de la escritura matriz deberá asumirlo el vendedor, y el de primera copia y demás posteriores a la venta, el comprador.

3.- Otros gastos que se deben tener en cuenta. La vivienda se vende libre de cargas, de ahí que quien vende deba estar al día de los pagos de comunidad, derramas, IBI, tasa de basuras, a fecha de compra.

Es más, si la venta se firma el 2 de enero, el IBI, por ejemplo, sería responsabilidad del vendedor porque es el propietario de la casa a principios de año, por ello es importante aclarar e incluso pactar quién lo paga.

El vendedor igualmente debe presentar el certificado de eficiencia energética, obligatorio desde mediados de 2013. Desde la entrada en vigor del Real Decreto 235/2013, de 5 de abril, por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios, resulta obligatorio para realizar un contrato de venta de vivienda disponer del correspondiente certificado de eficiencia energética.

*Beatriz Setién Fernández y Sara Benayas Bolívar, abogadas de Lean Abogados.

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