¿Cómo se renuncia a una propiedad heredada compartida con unos hermanos?

¿Cómo se renuncia a una propiedad heredada compartida con unos hermanos?, ¿qué trámites hay que hacer y qué coste supondría?

Foto: ¿Cómo se renuncia a una propiedad heredada compartida con unos hermanos? (iStock)
¿Cómo se renuncia a una propiedad heredada compartida con unos hermanos? (iStock)

¿Cómo se renuncia a una propiedad heredada compartida con unos hermanos?, ¿qué trámites hay que hacer y qué coste supondría?

Para dar respuesta a su pregunta partimos de la base de que usted ya ha heredado la propiedad sobre dicho inmueble, es decir, ya ha aceptado la correspondiente herencia.

La renuncia a la vivienda, así como cualquier otro acto que modifique la propiedad, en este caso copropiedad, requiere formalizarse mediante escritura pública ante notario, lo que lleva aparejado una serie de costes. Además de los costes fijados por cada notaría, para renunciar deben darse una serie de requisitos de índole no económica.

Según dispone el artículo 392 del Código Civil “Hay comunidad cuando la propiedad de una cosa o de un derecho pertenece proindiviso a varias personas”.

Para modificar las cuotas de propiedad se necesitará la previa notificación a los demás propietarios porque, supone un “incremento de la razón o proporción que a cada uno corresponde en la base de reparto (artículo 3.4 de la Ley sobre propiedad horizontal) no solo de los gastos generales sino también de la aportación al fondo de reserva”, es decir, una alteración del sistema de reparto de los gastos comunitarios.

Así como el consentimiento de todos, considerando que en los casos de coparticipación de dos o más sujetos en un mismo derecho la renuncia no provoca la extinción, sino el acrecimiento de la porción renunciada a los demás titulares al establecer que el que no quiera contribuir a las cargas de la servidumbre podrá eximirse renunciándola en provecho de los demás.

En cuanto a los trámites que se deben realizar:

a) A partir del acuerdo de todos, lo que debe hacer es acudir a un notario que deberá documentar las modificaciones en la escritura, señalar los puntos de acuerdos entre las partes y actuar como testigo de la operación.

b) Para elevar a pública la escritura será necesaria su inscripción en el Registro de la Propiedad, abonando la tasa correspondiente por la inscripción.

c) Por último, cualquier cambio que tenga que ver con modificar las escrituras de la vivienda como consecuencia de un nuevo reparto de la propiedad o titularidad llevará implícita la necesidad de abonar impuestos; concretamente, por las modificaciones en las escrituras y el nuevo reparto, tendrán que pagar el impuesto de sucesiones y donaciones (que en algunas comunidades es mínimo) y el impuesto de actos jurídicos documentados (entre un 0% y un 1,5%).

Situación distinta sería si usted aún no ha aceptado la herencia, pudiendo aún renunciar a la misma sin que pase a formar parte de su patrimonio en ningún momento el porcentaje de propiedad sobre el inmueble.

*Alicia Medina Bustos, abogada de Lean Abogados.

Asesor sobre Vivienda

El Confidencial pone a su servicio este consultorio jurídico inmobiliario. Un espacio que está destinado a resolver semanalmente las dudas legales de los ciudadanos sobre temas relacionadas con el sector inmobiliario: alquileres, compraventa, hipotecas, ejecuciones hipotecarias, etc.

En caso de divorcio ¿quién debe hacerse cargo del pago de la hipoteca? o, ¿puedo pagar una parte de la cuota mensual de la hipoteca sin miedo a que me embarguen la casa?

ENVÍE SU CONSULTA


  • Responsable: Lean Abogados
  • Finalidad: Responder a tus preguntas y enviarte comunicaciones comerciales sobre sus productos y/o servicios.
  • Legitimación: Tu consentimiento expreso.
  • Destinatarios: Prestadores de servicios tecnológicos, como encargados del tratamiento, que seguirán siempre nuestras instrucciones.
  • Derechos: Acceder, rectificar y suprimir los datos, entre otros.
  • Información adicional: Política de privacidad de Lean Abogados

Condiciones de uso de Consultorio sobre Ruedas

En cumplimiento con la normativa de protección de datos de carácter personal -LO 15/1999 y RD 1720/2007- los datos de carácter personal remitidos a través del formulario será tratados en el fichero denominado “USUARIOS WEB DE TITIANIA” notificado ante la Agencia Española de Protección de Datos con nº de registro 2060040405, titularidad de TITANIA COMPAÑÍA EDITORIAL, S.L. sito en la calle Virgilio, 25 – 1 A/D con código postal 28223 Pozuelo de Alarcón -Madrid- para la finalidad exclusiva de gestionar las consultas que nos efectúen a través de la sección MOTOR. En todo momento, puede ejercitar los derechos que se le reconocen -acceso, rectificación, cancelación y oposición- mediante comunicación al efecto a través del mail: info [@] elconfidencial.com.

De igual forma, al remitirnos su consulta acepta que ésta junto con la información suministrada sea comunicada a la entidad colaboradora para la finalidad descrita, autorizando, en su caso, la publicación de la misma en la sección o Página Web titularidad de la entidad editora.

Le informamos, igualmente, que no todas las consultas podrán ser resueltas por la entidad colaboradora, efectuándose una selección y publicación de las más importantes, en virtud del grado de interés que pudieren suscitar las mismas. En todo caso, las consultas serán resueltas con el máximo rigor y profesionalidad, no siendo vinculantes para las partes, recomendando que para mayores detalles, a la vista de la consulta o de los hechos del caso en concreto, pudieren dirigirse a profesionales del sector para un asesoramiento del mismo.

Para cualquier aclaración puede dirigirnos su consulta a través del correo electrónico dispuesto en la presente sección.

Consultorio Inmobiliario