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Una clase política inútil, hipócrita y manipuladora
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Juan Ramón Rallo

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Una clase política inútil, hipócrita y manipuladora

En suma: inútiles, hipócritas y manipuladores. Esas han sido las tres características que han definido a nuestros políticos durante todo el sainete del 'impuesto a las hipotecas'

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El papel del Tribunal Supremo a propósito de la determinación del sujeto pasivo del impuesto sobre actos jurídicos documentados (AJD) ha sido deplorable: el pasado 18 de octubre optó por considerar sujeto pasivo de este tributo al banco en vez de al hipotecado, revisando así más de dos décadas de su propia jurisprudencia previa; y, a su vez, este martes 6 de noviembre ha dado otro bandazo mediante una nueva sentencia que contradice a la anterior, regresando así a la interpretación jurisprudencial original según la cual el hipotecado era el sujeto pasivo del AJD.

16 horas de tensión en el Supremo

El tribunal no solo ha jugado con las expectativas de millones de ciudadanos, no solo ha colocado en un régimen de provisionalidad jurídica el marco hipotecario de nuestro país durante varias semanas, no solo ha dado una patética imagen de improvisación y de desorganización interna, sino que además ha dado pábulo a la sospecha de que la Justicia española no es verdaderamente independiente sino que se halla al 'diktat' de los 'lobbies' (un riesgo que desde luego siempre está presente en cualquier sistema judicial y que debe ser vigilado muy de cerca por la ciudadanía para erradicarlo de raíz en caso de que así se verifique).

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Pero, por lamentable que haya sido el comportamiento de nuestros más altos magistrados en esta cuestión, su desfachatez no resulta ni remotamente comparable al paupérrimo, sucio y populista rol que ha desempeñado la mayor parte de nuestra clase política nacional en esta cuestión. Esencialmente, por tres motivos.

Primero, el origen de toda esta controversia se halla en una pésima redacción del artículo 29 del Real decreto Legislativo 1/1993, donde se puede leer: “Será sujeto pasivo el adquiriente del bien o derecho y, en su defecto, las personas que insten o soliciten los documentos notariales, o aquellos en cuyo interés se expidan”. Es decir, el legislador es directamente responsable de haber aprobado leyes ambiguas cuyo mandato está sujeto a una interpretación abiertamente arbitraria por parte del poder judicial.

A la postre, ¿quién se beneficia de la expedición de la escritura pública de una hipoteca? Tanto el banco (que gracias a esa escritura puede ejecutar la garantía real en caso de impago por parte del deudor) como el hipotecado (ya que, gracias a poder escriturar su vivienda como garantía real, tiene la posibilidad de obtener financiación a través de la figura de un préstamo hipotecario en lugar de a través de un mucho más caro préstamo personal). Por consiguiente, nuestros políticos deberían comenzar por pedir perdón en esta cuestión, dada su iletrada incompetencia a la hora de redactar normas claras e inequívocas.

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Segundo, pese a todas las críticas que —desde Podemos a Partido Popular— ha recibido el Supremo por haber calificado finalmente a los hipotecados como sujeto pasivo del AJD, la mayor parte de nuestra clase política estaba cruzando los dedos para que ese fuera exactamente el sentido de la sentencia. A la postre, si se abría la puerta a un cambio retroactivo en la figura del sujeto pasivo, las principales perjudicadas habrían sido las administraciones autonómicas: son ellas las que tendrían que haber reintegrado a los hipotecados las cantidades ilegítimamente cobradas por tal concepto durante los últimos cuatro años y las que habrían tenido muy complicado recobrárselas a la banca (pues eso de exigir impuestos pasados merced a un cambio retroactivo en la figura del sujeto pasivo como que no tiene un encaje jurídico demasiado claro dentro de nuestro ordenamiento).

De hecho, es mucho más probable que hayan sido nuestros gobernantes (centrales y autonómicos) quienes hayan presionado a los magistrados del Supremo antes que los propios bancos. Su ejercicio de hipocresía y cinismo ha sido mayúsculo: mientras festejaban entre bambalinas la nueva sentencia del Supremo, cargaban en público contra ella para así captar el voto de aquellos ciudadanos perjudicados por el fallo.

Es mucho más probable que hayan sido nuestros gobernantes quienes hayan presionado a los magistrados del Supremo antes que los bancos

Y tercero, la respuesta que ha dado la clase política a la nueva sentencia del Supremo ha estado a la altura de su cinismo e hipocresía previos: modificar la ley para que, sobre el papel, sea la banca quien deba hacerse cargo de ingresar en las arcas de las haciendas autonómicas la mordida del AJD que previamente las entidades financieras hayan cobrado a su clientela. Pedro Sánchez es capaz de afirmar solemnemente que cambiará la ley para que “nunca más los españoles vuelvan a pagar el impuesto”, al tiempo que se limita a “esperar y confiar” en que la banca no repercuta el impuesto… cuando sabe a ciencia cierta que lo hará. Aquellos políticos que de verdad desearan que los hipotecados no pagaran el AJD propondrían su completa eliminación: no una mutación propagandística de la ley que no alterará el reparto real de costes entre bancos e hipotecados.

En suma: inútiles (en la regulación del AJD), hipócritas (en la valoración de la resolución del Supremo) y manipuladores (en las soluciones prometidas tras la sentencia). Esas han sido las tres características que han definido al grueso de nuestros políticos durante todo el sainete del 'impuesto a las hipotecas'. Si de verdad les queda algo de decencia, supriman el impuesto e indemnicen a los hipotecados con cuyas ilusiones han estado jugando. Pero no lo harán: no sé si la banca siempre gana, pero desde luego Hacienda sí que lo hace siempre.

El papel del Tribunal Supremo a propósito de la determinación del sujeto pasivo del impuesto sobre actos jurídicos documentados (AJD) ha sido deplorable: el pasado 18 de octubre optó por considerar sujeto pasivo de este tributo al banco en vez de al hipotecado, revisando así más de dos décadas de su propia jurisprudencia previa; y, a su vez, este martes 6 de noviembre ha dado otro bandazo mediante una nueva sentencia que contradice a la anterior, regresando así a la interpretación jurisprudencial original según la cual el hipotecado era el sujeto pasivo del AJD.

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