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Begoña Gómez, los bulos y la regeneración de la democracia
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José Antonio Zarzalejos

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Begoña Gómez, los bulos y la regeneración de la democracia

No consta que Begoña Gómez haya formulado demanda de rectificación, ni por lesión a su honor, imagen o intimidad, ni que se haya querellado por injuria o calumnia, ni que haya acudido a la Comisión de Quejas de la FAPE

Foto: Begoña Gómez, en la presentación del libro de Sánchez. (EFE/Juan Carlos Hidalgo)
Begoña Gómez, en la presentación del libro de Sánchez. (EFE/Juan Carlos Hidalgo)
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Décadas antes de que Pedro Sánchez asumiera en 2018 la presidencia del Gobierno, el Estado a través de las Cortes Generales ya había protegido jurídica y socialmente el derecho de los ciudadanos a defender su honorabilidad frente a los bulos. El adanismo del presidente del Gobierno plantea ahora la 'regeneración' de la democracia porque se siente afectado en sus inmediaciones personales, tanto por la trama del caso Koldo que se ha cobrado la pieza política de su exministro y ex secretario de organización del PSOE, José Luis Ábalos, como por la apertura de unas diligencias previas en el juzgado 41 de Madrid para investigar la conducta de su mujer, Begoña Gómez, en determinadas relaciones con empresas durante su actividad profesional.

"Pedro Sánchez ha reconocido que su mujer firmó 'declaraciones de interés proforma' en licitaciones públicas"

En entrevista en el diario El País del pasado domingo, Pedro Sánchez reconoció, sin admitir tacha en ello, que su cónyuge firmó lo que él denominó "declaraciones de interés proforma" en licitaciones públicas, apoyando las expectativas de unas UTE. Y al mismo tiempo, se conjuró en la defensa de su "honorabilidad". Están, él y ella, en su derecho a plantearla. Sin descuidar algunos avisos aleccionadores como los contenidos en el artículo publicado el pasado día 3 en El Confidencial de Miriam González Durantez, esposa de Nick Clegg, viceprimer ministro británico entre los años 2010 y 2015.

En todo caso, el ordenamiento jurídico ofrece a la interesada una amplia gama de herramientas para salvaguardar su honorabilidad, si acaso la siente erosionada por supuestos bulos. No es preciso que Sánchez impulse ninguna decisión normativa, salvo que lo que pretenda sea acallar la crítica política en los medios de comunicación para que se comporten como los que él, directa o indirectamente, controla, sea por afinidad o por dependencia informativa y/o financiera.

"Begoña Gómez no ha demandado rectificación, ni acudido a procedimientos civiles o penales contra el supuesto bulo"

Begoña Gómez, en primer lugar, puede rectificar, en los plazos que establece la Ley Orgánica 2/1984 que regula este derecho, las informaciones que considere falsas o inexactas. Tras requerir al medio y si este se niega, está en su mano que le obligue el juez después de un rápido proceso monitorio. Sin embargo, no consta rectificación alguna de Begoña Gómez (la remitida a El Confidencial no lo era) ni tampoco que haya recurrido al juzgado correspondiente para que le fuera impuesta al medio que le infligió un supuesto daño a su reputación.

Foto: Ilustración: EC Diseño. Opinión
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Begoña Gómez puede interponer querella por injurias o por calumnia, ambos delitos contemplados en los artículos 205 al 207 y 208 al 211 del Código Penal. Los dos son delitos privados, es decir, deben ser planteados ante el órgano jurisdiccional mediante querella de la ofendida, salvo en determinados casos en el delito de calumnias en los que el fiscal puede actuar de oficio. La injuria implica la lesión "por medio de una acción o de una expresión" a la "dignidad de otra persona, menoscabando su fama o atentando contra su propia estimación". El delito de calumnias supone atribuir a otro falsamente la comisión de un delito. No consta que Begoña Gómez haya interpuesto contra ningún periodista querella alguna de carácter penal.

Puede también, si prefiere optar por la vía civil, interponer demanda por intromisión ilegítima en su imagen, intimidad u honor al amparo de lo que dispone la Ley Orgánica 1/1982 que protege esos derechos de todo ciudadano. En la demanda puede reclamar, además, una indemnización, simbólica o no, como resarcimiento del daño que le haya sido ocasionado, sin perjuicio de la obligación del medio intrusivo de publicar el fallo de la sentencia firme en varios otros medios para que se conozca eficazmente la salvaguardia de su honorabilidad. Además, Begoña Gómez dispondría de dos instancias jurisdiccionales (el juzgado y la Audiencia Provincial) y podría interponer recurso de casación ante la Sala Primera del Tribunal Supremo. No consta, sin embargo, que Begoña Gómez haya presentado demanda civil alguna.

"La esposa del presidente puede reclamar a la Comisión de Quejas y Deontología de la FAPE. Tampoco la ha hecho"

Pero si quisiera eludir la vía judicial, la esposa del presidente del Gobierno podría acudir a la Comisión de Arbitraje, Quejas y Deontología Profesional del Periodismo que se integra en la Alliance of Independent Press Councils of Europe y obtener, si fuera el caso, una resolución que amparase su criterio frente al medio que ha erosionado supuestamente su honorabilidad con violación de la deontología propia de los profesionales del periodismo. No consta que Begoña Gómez, al menos de momento, haya presentado reclamación ante este organismo de la Federación de Asociaciones de la Prensa de España. ¿Por qué no ha empleado ninguno de esos procedimientos para restituir lo que Sánchez denomina su “honorabilidad”?

Por fin, España está vinculada por la muy reciente European Media Freedom Act de la Comisión de la UE y del Parlamento Europeo, que establece las condiciones de transparencia e independencia de los medios con criterios afortunadamente muy exigentes. No es necesaria, en consecuencia, ninguna norma 'regeneracionista' contra los 'bulos'. Son precisos, sí, mecanismos para asegurar la neutralidad (véase el CIS y RTVE) de medios públicos y organismos con estudios demoscópicos y estadísticos de alto impacto social que quedan bajo la jerarquía gubernamental por más que se proclame de ellos su autonomía o independencia. Y claro, es necesario regresar a modos de comportarse en la gestión pública con urbanidad, probidad y veracidad, virtudes cívicas imprescindibles.

"No hay ni indefensión ni carencias normativas para sancionar las extralimitaciones en las libertades de expresión e información"

Por lo tanto, la "honorabilidad" de la cónyuge de Pedro Sánchez dispone de un arsenal de posibilidades jurídicas, judiciales y profesionales para ser defendida. La cuestión, por lo tanto, no reside, como se pretende, en una supuesta indefensión o en una carencia normativa frente a la expansión abusiva e ilícita de la libertad de expresión y de información. La cuestión nuclear en este debate es que se pretende eludir el escrutinio crítico y público de comportamientos acreditados que, conlleven o no responsabilidad, son, en el mejor de los casos, inapropiados e imprudentes. Y en el peor, conflictuales.

Décadas antes de que Pedro Sánchez asumiera en 2018 la presidencia del Gobierno, el Estado a través de las Cortes Generales ya había protegido jurídica y socialmente el derecho de los ciudadanos a defender su honorabilidad frente a los bulos. El adanismo del presidente del Gobierno plantea ahora la 'regeneración' de la democracia porque se siente afectado en sus inmediaciones personales, tanto por la trama del caso Koldo que se ha cobrado la pieza política de su exministro y ex secretario de organización del PSOE, José Luis Ábalos, como por la apertura de unas diligencias previas en el juzgado 41 de Madrid para investigar la conducta de su mujer, Begoña Gómez, en determinadas relaciones con empresas durante su actividad profesional.

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