Tribuna
Por
La devaluación de Juan Carlos I
Dice el presidente Sánchez, y dice bien, que se debe realizar con urgencia una acción de deslinde que separe las responsabilidades individuales de Juan Carlos de una causa general contra la Corona
Cronología de los hechos
1.- El 2 de junio de 2014, el rey Juan Carlos comunicó al presidente del Gobierno (a la sazón, Mariano Rajoy) su voluntad de abdicar. El monarca externalizó los motivos de su renuncia a la Corona de España en una carta que firmó en presencia del jefe del Gobierno. De la misiva regia, yo destacaría dos capítulos:
A) La legitimidad de la jefatura del Estado
Juan Carlos de Borbón insinúa que sus poderes son el último eslabón (en ese momento) de la cadena de oro que vincula a los reyes de la monarquía española. Su fuente de legitimidad no procede ni de la dictadura de Franco ni de la Constitución de 1978. Sobre ambos extremos, el Rey guarda un silencio elocuente. Sin embargo, Juan Carlos I menciona el ilustre legado que le transmitió su padre, el conde de Barcelona. Además, subraya el acto de su proclamación solemne como Rey de España (el 22 de noviembre de 1975) en una sesión conjunta de las Cortes franquistas y el Consejo del Reino. En dicho acto, el rey Juan Carlos prometió acatar los principios fundamentales del Movimiento.
Al parecer, Juan Carlos es un hombre sin escrúpulos a la hora de alabar las virtudes que adornan su persona: Ni soy hijo político de Franco ni el titular de una monarquía parlamentaria, como la holandesa o la sueca. 'In medio virtus'. O, como dijo Aristóteles, “la virtud se halla en el centro”. Al menos, eso sugirió en el pliego entregado a Rajoy.
Cada vez estoy más convencido de que Juan Carlos no distingue la realidad de la ficción y que siempre ha vivido en el limbo de los justos.
B) Los motivos de la abdicación
Literariamente hablando, el escrito regio pertenece al género en el que se inscriben piezas como 'El florido pensil'. Juan Carlos se autorretrata como un tipo confiable, capaz de venderte una moto de segunda mano con todas las garantías. Su largo reinado ha sido un tiempo en el que España y los españoles han cosechado un éxito tras otro. Él podría continuar en el trono. Sin embargo, tanto su edad (había cumplido 76 años en enero de 2014) como la llegada de una nueva generación que busca la excelencia profesional —a la que representa maravillosamente su único hijo varón— le mueven a depositar la Corona en la cabeza de Felipe.
Todos conocemos los motivos auténticos (y 'reales') de la abdicación de JC, pero no es eso lo que ahora me preocupa.
El Rey comunicó su renuncia al trono a los presidentes del Congreso de los Diputados y del Senado. El presidente del Gobierno dio traslado del escrito regio al Consejo de Ministros.
2.- La efectividad de la abdicación se produjo mediante la aprobación de la Ley Orgánica 3/2014, de 18 de junio. En dicha norma, se inserta el texto íntegro de la carta de Juan Carlos I.
3.- En ese momento, debió terminar la aventura política de Juan Carlos. Pero como España sigue siendo la Corte de los Milagros, se puede permitir el lujo de tener dos reyes y dos reinas. Así que un decreto de la Presidencia del Gobierno, de 13 de junio de 2014, aprobó un estatuto especial para Juan Carlos Alfonso Víctor María de Borbón y Borbón-Dos Sicilias, y para Sofía de Grecia y Dinamarca.
¿En qué consiste el tratamiento singular de Juan Carlos y su consorte? Gracias al Ejecutivo de la época, “Don Juan Carlos de Borbón continuará vitaliciamente en el uso con carácter honorífico del título de Rey, con tratamiento de Majestad y honores análogos a los establecidos para el Heredero de la Corona”. Y a la Reina consorte, ídem de ídem. El decreto “plasma la gratitud [del Gobierno ] por las décadas de servicios a España y a los españoles”.
4.- En mayo de 2019, Juan Carlos comunica a su hijo que se retira de la vida pública y que no participará más en actos oficiales. Unos meses antes, ya eran una comidilla en los medios las grabaciones del comisario Villarejo a la ex noble Corinna Larsen en las que esta declara haber recibido graciosamente de Juan Carlos la cantidad de 65 millones de euros. En mayo de 2019, el jefe del Gobierno español era Pedro Sánchez. Pese al (hipotético) escándalo regio, Sánchez no deroga el decreto de 2014 aprobado por su antecesor en el cargo.
5.- En marzo de 2020, un comunicado de Zarzuela anuncia la voluntad de Felipe VI de renunciar a la herencia de Juan Carlos I, al mismo tiempo que revela su decisión de retirar la asignación presupuestaria que recibía su ilustre padre. El comunicado de la Casa Real se produjo poco después de que salieran a la luz del sol dos fundaciones en las que el Rey actual figuraba (supuestamente) como beneficiario de sus activos.
Increíble. Felipe exhibió ante el pueblo español su analfabetismo jurídico. Nadie puede renunciar a posibles derechos futuros. Además, Felipe hizo gala de un candor ruboroso. ¿Cómo se puede heredar de un individuo que no tiene un euro porque todo su dinero lo cede, 'gratis et amore', a una de sus amigas? Y que reparte la calderilla que guarda en el bolsillo del pantalón entre sus queridas hijas y sus queridos nietos.
Pedro Sánchez siguió enrocado en su mutismo ('ora et labora') benedictino. El decreto de 2014 continuó en vigor.
6.- El 3 de agosto de 2020, un comunicado de la Casa Real difunde que Felipe VI ha recibido una carta de su padre en la que este último le manifiesta su decisión de abandonar España. Juan Carlos I motiva su desplazamiento, sin mencionar su fecha, duración y destino, en la repercusión pública que han adquirido “actos privados del pasado”. El padre no quiere dañar la corona regia que ha transmitido a su hijo. Pocos días después, se da la noticia de que Juan Carlos ha conseguido hospedaje en un territorio considerado un paraíso fiscal por las autoridades fiscales españolas.
7.- El 9 de diciembre de 2020, un abogado de Juan Carlos comunica a la opinión pública que, ese mismo día, su cliente ha presentado una declaración espontánea (“sin requerimiento previo”) de la que ha resultado a pagar una deuda, ya satisfecha, de un importe cercano a 700.000 euros. El laconismo del abogado supera la costumbre de Esparta: no indica cuál es la Hacienda que ha hecho caja, tampoco nos revela el impuesto afectado, ni desglosa la deuda ingresada (cuota, recargos, intereses de demora).
Pese al hermetismo de su letrado, no existe ninguna duda de que la declaración y el pago correspondiente tuvieron la finalidad de impedir cualquier actuación (administrativa o judicial) contra Juan Carlos que pudiera sentarle en el banquillo de los acusados por la comisión de un (o varios) delito contra la Hacienda Pública.
Fin de los hechos.
Una humilde proposición
Olvidemos por un momento la Justicia, a los fiscales y las administraciones tributarias. Obviemos las posibles sanciones administrativas o penales que pueden atribular a Juan Carlos I. Enfoquemos exclusivamente la conducta del padre de Felipe VI desde una perspectiva ética y sus posibles consecuencias jurídicas sobre su honor, su imagen y su intimidad personal, tres derechos protegidos por la Constitución (artículo 18.1). Salvo si colisionan con otros derechos más relevantes. Y, para despejar la cuestión, partamos de un hecho indubitado: el reconocimiento explícito, por el mismo monarca que comenzó su reinado en noviembre de 1975, de que es un defraudador fiscal. Su declaración tributaria del 9 de diciembre le retrata sin mayores explicaciones como un evasor de impuestos y justifica la calificación moral que le corresponde: el mismo Rey que cobra de los PGE no aporta nada a la financiación de las pensiones, las prestaciones por desempleo y los servicios públicos que necesitan sus súbditos para que sus hijos estudien o vayan al hospital cuando estén enfermos.
Nadie puede invadir la privacidad de una persona, aunque ostente un cargo público. El Rey no tiene que dar explicaciones a la sociedad sobre su vida amorosa o sexual, materias reservadas a su cónyuge y a su familia. De la misma forma, a los ciudadanos no debe importarnos si va a misa o practica el budismo. O si le gusta más navegar o tirarse en paracaídas.
Cosa bien distinta es la conducta fiscal de JC. La relación tributaria, la que vincula al contribuyente con la Administración exactora (central, autonómica o municipal), es una relación de naturaleza pública. En este punto, predomina la faceta de un individuo como ciudadano (bueno o malo), que trasciende su esfera privada y particular. Las acciones y omisiones de Juan Carlos, sean o no delictivas, merecen un severo reproche social. Todos concordamos en que, después de su abdicación en junio de 2014, los actos posteriores del llamado 'Rey emérito' no gozan de impunidad.
¿Merece un defraudador el título honorífico de Rey? ¿Merece un defraudador el tratamiento de Majestad? ¿Merece un defraudador un estatuto especial que le otorgan honores análogos a los establecidos para el heredero de la Corona? ¿No es una afrenta a la dignidad del Reino de España y un desprecio ominoso a los valores morales de la sociedad española?
Dice el presidente Sánchez, y dice bien, que se debe realizar con urgencia una acción de deslinde que separe las responsabilidades individuales de Juan Carlos de una causa general contra la Corona. Si desea ser consecuente con sus palabras, Sánchez debe derogar de forma inmediata el decreto de honores de Juan Carlos aprobado en 2014 por Mariano Rajoy. Desde 1997, el presidente del Gobierno puede aprobar directamente (sin convocar a sus ministros) reales decretos. Sánchez no debe permitir que se pudran aún más las instituciones si no quiere que se venga abajo el edificio constitucional. Por el bien de Felipe VI, del futuro de sus hijas y para tranquilidad de los ciudadanos, Pedro Sánchez, por muy duro que sea para el afecto filial, está obligado a cortar por lo sano.
Pero la política…
Algunos medios afirman que la Moncloa presiona a Felipe VI para que, en su discurso de Navidad, le retire los honores a su padre, el mal llamado Rey emérito. Lo de la Navidad es un señuelo perverso. Felipe VI, como jefe de la Casa Real, puede manejar a su antojo “los asuntos internos”. Ya lo hizo en el pasado cuando retiró la asignación económica a su padre. Sin embargo, la retirada del título de Rey o el tratamiento de Majestad a Juan Carlos es competencia exclusiva del presidente del Gobierno. Es más que probable que Pedro Sánchez, por voluntad propia o extorsionado por Pablo Iglesias, esté jugando al despiste o a distraer al público. Si así fuera, sería desleal con la Corona, sería un felón con un Felipe VI que sí juró la Constitución de 1978.
*Félix Bornstein es abogado y fiscalista.
Cronología de los hechos
1.- El 2 de junio de 2014, el rey Juan Carlos comunicó al presidente del Gobierno (a la sazón, Mariano Rajoy) su voluntad de abdicar. El monarca externalizó los motivos de su renuncia a la Corona de España en una carta que firmó en presencia del jefe del Gobierno. De la misiva regia, yo destacaría dos capítulos: