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La reforma de la Directiva Contable: una oportunidad para nuestras empresas
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La reforma de la Directiva Contable: una oportunidad para nuestras empresas

Se cuantificaban los límites numéricos para cada tipo de empresa, pero debido a la fuerte inflación de los últimos años, los límites del activo y de la cifra de negocios habían quedado desfasados y había que aumentarlos

Foto: La reforma de la Directiva Contable: una oportunidad para nuestras empresas (Freepik)
La reforma de la Directiva Contable: una oportunidad para nuestras empresas (Freepik)

2013/34/UE del Parlamento Europeo y del Consejo (la denominada Directiva sobre contabilidad) que ajusta los criterios de tamaño utilizados para definir a las empresas como micro, pequeñas, medianas y grandes. La Directiva ya establecía que para encuadrar a una empresa en una de esas cuatro categorías había que tener en cuenta tres criterios: el total de las partidas del activo, el importe neto de la cifra anual de negocios y el número medio de trabajadores empleados durante un ejercicio.

Igualmente, se cuantificaban los límites numéricos de esos criterios para cada tipo de empresa, pero debido a la fuerte inflación de los últimos años, los límites del activo y de la cifra de negocios habían quedado desfasados y había que aumentarlos. De ahí que, con esta modificación, se hayan incrementado en al menos un 25% en todas las categorías.

Ello quiere decir que, desde diciembre, es algo más difícil que una empresa sea considerada de una categoría superior, porque los números que tendría que alcanzar se han aumentado, lo que puede permitir a esa empresa seguir beneficiándose de un determinado status por ser de menor tamaño u obtener ese beneficio —que antes no tenía— porque su dimensión quede por debajo de los nuevos máximos.

Esta modificación debe ser transpuesta al derecho español a más tardar el 24 de diciembre de 2024, de forma que los nuevos límites resultarán aplicables para los ejercicios sociales que comiencen a partir del 1 de enero de 2024, aunque el Estado español puede permitir a las empresas aplicarlos para ejercicios que comiencen a partir del 1 de enero de 2023.

Foto: (Freepik) Opinión
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Por tanto, durante el año 2024 se prevén modificaciones con impacto muy significativo en algunas de las normas mercantiles que regulan nuestras empresas, entre otras, la Ley de Sociedades de Capital, que establece los límites que permiten a estas entidades formular balance y memoria abreviados, así como no tener obligación de elaborar el estado de cambios en el patrimonio neto, el estado de flujos de efectivo y el informe de gestión.

Actualmente, los límites legales que no deben superarse para mantener este beneficio son 4.000.000 euros de activo y 8.000.000 euros de cifra de negocios, números que coinciden con los que establecía la Directiva para definir a la pequeña empresa. Sin embargo, tras la modificación de la norma europea, estos límites han pasado a ser de 5.000.000 euros para el activo y de 10.000.000 euros para la cifra de negocios, por lo que se prevé que la ley española los eleve también, al menos hasta estas cifras, con el objetivo de que más empresas puedan simplificar sus obligaciones contables.

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También es probable que se aumenten los límites actuales que establece la Ley de Sociedades de Capital para poder formular cuenta de pérdidas y ganancias abreviada y para no tener que auditar las cuentas anuales.

Un último documento contable que se puede ver afectado es el “estado de información no financiera”, obligatorio para cada vez un mayor número de sociedades, pues la Ley establece que no será necesario proporcionar este tipo de información para las pequeñas y medianas empresas españolas, y las medianas, que antes no podían superar los 20.000.000 euros de activo y los 40.000.000 euros de cifra de negocio, conforme a los nuevos límites de la Directiva seguirán siendo medianas mientras no superen los 25.000.000 euros de activo y los 50.000.000 euros de cifra de negocios. Por ello, una entidad que hasta la fecha fuera gran empresa, si no supera estos últimos límites, pasará a ser mediana y podrá beneficiarse de obligaciones contables más simples y proporcionadas a su tamaño.

También puede verse modificado el Plan General de Contabilidad de PYMES, que permite su aplicación a todas las empresas que sean pequeñas conforme a los anteriores límites de la Directiva, por lo que si estos se han aumentado procedería que los nuevos máximos para poder optar por este Plan contable se establezcan en los 5.000.000 euros de activo y los 10.000.000 euros de cifra anual de negocios, lo que permitiría a numerosos empresarios facilitar su contabilidad, acogiéndose a criterios contables de registro, valoración e información más simples.

"Es esencial estar atentos a las modificaciones que se avecinan, abogando por aprovechar la coyuntura y dar una oportunidad y el necesario apoyo a nuestros empresarios"

Por último, la Ley Concursal, que regula un procedimiento especial para microempresas que estén próximas o en estado de insolvencia, aplicable a empresarios y empresas que reúnan determinadas características, como la de tener un volumen de negocio anual inferior a 700.000 euros. La Directiva, al definir a las microempresas, ha aumentado este límite hasta los 900.000 euros, por lo que se prevé que esta cifra se traslade a la Ley Concursal, lo que supondría que muchos empresarios en problemas se acogerían a un procedimiento concursal más sencillo, rápido y flexible, tanto si es viable la continuación de la empresa como si se ve abocada a su liquidación.

En suma, se abren muchas posibilidades para que el Parlamento y el Gobierno puedan transponer las modificaciones de la Directiva al derecho español en las condiciones más ventajosas para nuestras empresas, con el objetivo final de simplificar sus obligaciones contables y mercantiles e incluso de reducir los gastos que conllevan. Por lo tanto, es esencial estar atentos a las modificaciones que se avecinan en el panorama legislativo de 2024, abogando por aprovechar la coyuntura y dar una oportunidad y el necesario apoyo a nuestros empresarios.

* José Luis García-Junco López, abogado del área Mercantil de Montero Aramburu.

2013/34/UE del Parlamento Europeo y del Consejo (la denominada Directiva sobre contabilidad) que ajusta los criterios de tamaño utilizados para definir a las empresas como micro, pequeñas, medianas y grandes. La Directiva ya establecía que para encuadrar a una empresa en una de esas cuatro categorías había que tener en cuenta tres criterios: el total de las partidas del activo, el importe neto de la cifra anual de negocios y el número medio de trabajadores empleados durante un ejercicio.

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