Es noticia
La violada intimidad de las chicas de la Maruxaina
  1. España
  2. Al Grano
Antonio Casado

Al Grano

Por

La violada intimidad de las chicas de la Maruxaina

Sea o no sea delito, estamos ante un rancio pasatiempo machista que resulta vejatorio para las víctimas y deja ver las inercias culturales que nos retratan y retratan a la Justicia

Foto: Protesta contra el archivo de la denuncia por la grabación de mujeres orinando en una calle. (EFE)
Protesta contra el archivo de la denuncia por la grabación de mujeres orinando en una calle. (EFE)

La cosificación de la mujer les salió muy barata a los desalmados que grabaron y difundieron las imágenes de las chicas de San Cibriao (Lugo) en el verano de 2019. He aquí un buen motivo para el activismo de las organizaciones feministas, cuyos desvelos por conseguir que se identifique y se castigue penalmente a los autores han resultado hasta ahora baldíos.

Esta sí es una loable causa por la dignidad de la mujer. Mucho más que las extravagancias verbales de la ministra Montero por cuenta del llamado lenguaje inclusivo. Nunca estuvieron tan justificadas las movilizaciones en solidaridad con las afectadas ante lo que, en mi opinión, es el injusto sobreseimiento del caso (archivo provisional), ya recurrido ante la Audiencia Provincial de Lugo por la asociación Mujeres en Igualdad.

Las imágenes acabaron en páginas porno de internet, algunas de pago. O sea, que además hubo ánimo de lucro en el abominable montaje

El auto del juez instructor niega carácter delictivo al planificado, degradante y masivo ataque a la intimidad del individuo. Sea hombre o mujer, aunque aquí es inevitable la perspectiva de género, como veremos enseguida.

Foto:  Protesta contra el archivo de la denuncia por la grabación y distribución en canales porno de imágenes de mujeres orinando en una calle durante la fiesta de La Maruxaina en 2019. (EFE)

Se refieren las reseñas del caso a un discreto rincón donde, a falta de aseos públicos habilitados para la ocasión, acude la mocedad para hacer sus necesidades mientras la fiesta continúa. Tanto hombres como mujeres. Pero insisto en mantener la perspectiva de género en el análisis del caso porque “solo ellas fueron grabadas”, dicen las crónicas.

Las imágenes acabaron en páginas porno, algunas de pago, lo cual indica que además hubo ánimo de lucro por parte de los autores del abominable montaje. A pesar de todo, el juez de Viveiro, Pablo Vázquez, ha sobreseído el caso porque no aprecia en los hechos descritos un delito contra la intimidad. Si acaso, contra el honor o la propia imagen, por la vía de lo civil.

El juez instructor niega relevancia penal a la furtiva captación de imágenes en las que aparecen mujeres orinando en un callejón

El magistrado se basa en que las grabaciones clandestinas se realizaron en lugar público y no cerrado. Pero el concepto de intimidad no viene determinado solo por el lugar. También por la acción en sí, ya sea perpetrada en público o en privado, de noche o de día, con consentimiento o sin él.

El auto de sobreseimiento niega relevancia penal a la furtiva captación de imágenes en las que aparecen mujeres orinando en un callejón durante la romería marinera de A Maruxaina. También los hombres de la verbena se aliviaban en el mismo rincón, pero a los editores de las imágenes captadas con cámaras ocultas solo les interesaron las partes íntimas y los rostros de medio centenar de mujeres sorprendidas en el apremiante trance personal e intransferible del que hablamos.

Foto: Protesta contra el archivo de la denuncia por la grabación y distribución en canales porno de imágenes de mujeres orinando. (EFE)

El supuesto delictivo está recogido en al artículo 197 del Código Penal. Castiga a aquel que “sin consentimiento de la persona afectada, difunda, revele o ceda a terceros imágenes o grabaciones audiovisuales de la víctima”. Incluso con consentimiento “en un domicilio o cualquier otro lugar íntimo o privado, con la intención de menoscabar su intimidad personal”.

Una pregunta al aire: ¿hubiera habido sobreseimiento provisional si en vez de juez hubiera sido jueza la instructora del caso?

En resumen, que será o no será delito. El juez dice que no y el fiscal dice que sí. Pero a todas luces resulta vejatorio para las víctimas de un rancio pasatiempo machista. Una vez más aparecen las inercias culturales que nos retratan y retratan a la Administración de Justicia.

Una pregunta al aire y queda dicho todo: ¿hubiera habido sobreseimiento provisional si en vez de juez hubiera sido jueza la instructora del caso?

La cosificación de la mujer les salió muy barata a los desalmados que grabaron y difundieron las imágenes de las chicas de San Cibriao (Lugo) en el verano de 2019. He aquí un buen motivo para el activismo de las organizaciones feministas, cuyos desvelos por conseguir que se identifique y se castigue penalmente a los autores han resultado hasta ahora baldíos.

Lugo Derecho a la intimidad
El redactor recomienda