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Los memes alcanzan rango de ley por indicación de la Unión Europea

La transposición de directivas europeas da carta de naturaleza jurídica a estos chistes para evitar acusaciones de plagio

Foto: Tres banderas de la Unión Europea ondean frente al edificio Berlaymont, sede de la Comisión Europea. (EFE/Julien Warnand)
Tres banderas de la Unión Europea ondean frente al edificio Berlaymont, sede de la Comisión Europea. (EFE/Julien Warnand)

Los memes ya tienen su consagración legal. Un reciente real decreto-ley que ha servido al Gobierno como cajón de sastre, en el que mezcla varias directivas europeas que debía adaptar a la legislación española, ha servido para conceder a estas imágenes o vídeos que se modifican y se difunden hasta el infinito como chistes visuales su propia carta de naturaleza jurídica. Para lograrlo, el legislador ha incluido por primera vez en el derecho español el límite de "pastiche" con una definición que recuerda mucho a la de 'plagio' pero no lo es.

El RDL 24/2021 dice, en concreto, en su artículo 70 que este "pastiche", que el diccionario define como "imitación o plagio que consiste en tomar determinados elementos característicos de la obra de un artista y combinarlos, de forma que den la impresión de ser una creación independiente" no necesitará la autorización del autor o de quien posea los derechos de la obra para modificarse, eso sí, siempre que quede claro que es una broma.

Foto: El meme del Capitán Haddock.

El artículo en cuestión explica que esto podrá hacerse "siempre que no implique riesgo de confusión con las obras o prestaciones originales" ni se provoque un daño a la obra original o a su autor. Este límite será también aplicable a usos diferentes de los digitales, agrega.

Aquel que tenga la paciencia de leerse el articulado completo del real decreto no entenderá nada si no acude primero a la exposición de motivos. Es allí donde se explica que esta referencia al pastiche, con su propio artículo independiente, tiene su por qué. La intención de darle este espaldarazo jurídico viene de la necesidad de innovar a consecuencia de "las tecnologías digitales" que permiten "nuevos tipos de usos para los que la normativa existente se revela insuficiente".

"Se incluye por primera vez en el derecho español el límite de pastiche, que refuerza la cobertura legal de las expresiones y construcciones multimedia que se replican y transmiten mediante internet de persona a persona hasta alcanzar una amplia difusión —los conocidos como memes—, aunque este límite extiende también su ámbito al entorno analógico", aclara el texto en esta parte explicativa.

Los memes ya tienen su consagración legal. Un reciente real decreto-ley que ha servido al Gobierno como cajón de sastre, en el que mezcla varias directivas europeas que debía adaptar a la legislación española, ha servido para conceder a estas imágenes o vídeos que se modifican y se difunden hasta el infinito como chistes visuales su propia carta de naturaleza jurídica. Para lograrlo, el legislador ha incluido por primera vez en el derecho español el límite de "pastiche" con una definición que recuerda mucho a la de 'plagio' pero no lo es.

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