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Independentismo y aborto, ¿qué teme el TC?
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José Antonio Zarzalejos

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Independentismo y aborto, ¿qué teme el TC?

Este mes de diciembre es políticamente crucial. Los partidos secesionistas catalanes van a formular la pregunta de la consulta y fijar fecha de celebración

Este mes de diciembre es políticamente crucial. Los partidos secesionistas catalanes van a formular la pregunta de la consulta y fijar la fecha para su celebración, que no será autorizada por el Gobierno. Efectivamente, Rajoy no delegará la competencia gubernamental en la Generalitat para celebrarla (artículo 150.2 de la CE).

También este mes, y según reiterados anuncios de la Moncloa, el Ejecutivo aprobará un proyecto de ley sobre el aborto que sustituirá a la norma de 2010 que estableció el sistema de plazos y lo permitió sin permiso paterno a las menores de 16 años. El Gabinete de Rajoy, según ha reiterado el ministro de Justicia, desea volver a un modelo sobre el aborto similar al de la ley de 1983, es decir, la despenalización en determinados supuestos, proscribiendo el sistema de plazos. Trata (ya veremos) de cumplir con una de sus promesas electorales, clarísimamente formulada en su programa.

Resulta del todo incomprensible, sin embargo, que el Tribunal Constitucional no se haya pronunciado todavía sobre ambas cuestiones. Si lo hubiese hecho, en este momento tanto la apuesta independentista de Cataluña como la cuestión del aborto estarían más claras, infinitamente más definidas y resultarían menos discutibles desde el punto de vista de su legalidad.

Está presentado desde marzo ante el TC el recurso interpuesto por el Gobierno contra la declaración soberanista del Parlamento catalán del mes de enero, en la que se contiene una proclamación de Cataluña como titular de soberanía. El Alto Tribunal sólo tiene que dilucidar dos cuestiones: 1º) si la declaración de la Cámara catalana es recurrible o no; es decir, si es una mera expresión de voluntad parlamentaria sin trascendencia alguna y, por lo tanto, no susceptible de impugnación, y 2º) En el caso de que lo fuera, si es o no inconstitucional como parece.

De momento, la declaración catalana está suspendida desde marzo (se prorrogó la suspensión en agosto) ynada explica, dada la simplicidad del asunto,que a estas alturas de diciembre los magistrados del TC no hayan resuelto la impugnación. Sería imprescindible que lo hicieran antes de que en Barcelona acordasen pregunta y fecha para la consulta que se fundamenta, precisamente, en la recurrida declaración parlamentaria.

¿Estamos confundiéndonos y la discusión sobre tal declaración es muy controvertida y difícil como para precisar diez meses de debate? ¿No será que el TC teme la reacción de unos o de otros cuando dicte el fallo? En todo caso: ¿para qué sirve un sistema de garantías constitucionales que siempre llega tarde y, tantas veces, también mal? Acaso planeen sobre el TC los casi cuatro años de demora en contrastar la constitucionalidad del Estatuto Catalán de 2006 para dictar una sentencia en 2010 que, además de tardía, resultó laberíntica y un punto excéntrica.

Tan grave –o más aún- resulta el recurso pendiente contra la ley del aborto de 2010. En junio se cumplieron tres años de su interposición por el PP. Teniendo en cuenta que el Constitucional ya dictó sentencia en 1985 respecto de la ley de indicaciones de 1983, estimando que la vida del no nacido merecía protección jurídica, con largas digresiones sobre la voluntad del constituyente, ¿por qué el Alto Tribunal no dilucida ya sobre la constitucionalidad de la ley elaborada a instancias de la ministra Aído? ¿Qué teme, otra vez, la instancia de garantías constitucionales? ¿Está esperando que salga adelante el proyecto del Gobierno y así decaiga el recurso y los magistrados del TC no tengan que 'mojarse' en una materia de altísimo voltaje ético y cívico que confronta socialmente a sectores muy concienciados con este asunto?

El Tribunal Constitucional es uno de los organismos más cuestionados en nuestro sistema constitucional. Por razones varias. La principal, por su politización, por constituir su formación un auténtico botín que se reparten los partidos con nombramientos en muchos casos abiertamente sectarios. Pero también está cuestionado por su extrema lentitud luego de que se hayan restringido de forma radical los recursos de amparo para que así ganara rapidez y agilidad.

Las dilaciones respecto de las decisiones del TC que correspondan a la declaración soberanista del Parlamento catalán y sobre la ley del aborto de 2010 ahondan en su desprestigio porque una instancia de garantías constitucionales creada en la Constitución de 1978 parece haber adquirido los peores vicios de la Administración de la Justicia. Y porque no es tolerable que el ritmo de trabajo del TC se declare autónomo de las urgencias y requerimientos del país. Sus magistrados parecen deambular en un espacio sideralmente alejado del que pisan los ciudadanos españoles. Sencillamente: no están sirviendo como debieran a su función y a los intereses colectivos. Y si no lo hacen por temor a las reacciones que puedan suscitar sus resoluciones, ¿por qué se comportan con una lentitud entre temeraria y dolosa? Necesitamos una respuesta convincente.

Este mes de diciembre es políticamente crucial. Los partidos secesionistas catalanes van a formular la pregunta de la consulta y fijar la fecha para su celebración, que no será autorizada por el Gobierno. Efectivamente, Rajoy no delegará la competencia gubernamental en la Generalitat para celebrarla (artículo 150.2 de la CE).

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