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Las reformas del sistema público de pensiones están dando frutos
Algunos datos sobre la dinámica de gastos e ingresos permiten augurar que las medidas están siendo eficaces en el logro de los objetivos de suficiencia, equidad y sostenibilidad
1. Introducción
El pasado 18 de septiembre se suscribió un nuevo acuerdo tripartito entre los sindicatos más representativos (CCOO y UGT), las patronales (CEOE y Cepyme) y el gobierno, para la reforma de determinados aspectos, más paramétricos que estructurales, del sistema público de pensiones.
Las medidas que afectan a la vertiente del gasto, como es el caso, no parecen encontrar grandes dificultades en el ámbito de los interlocutores sociales, aunque cuando se trata de buscar nuevas vías de ingresos, la oposición de los representantes empresariales suele ser más acusada.
2. El camino recorrido
Entre los años 2021 y 2024 se han puesto en marcha un amplio espectro de reformas legales que afectan al funcionamiento del sistema público de pensiones español.
Este dilatado paquete de reformas se ha destinado, por un lado, a reforzar la suficiencia del sistema público, garantizando el mantenimiento del poder adquisitivo de las pensiones (Ley 21/2021), mejorando las pensiones mínimas y elevando las no contributivas. Junto a ello, las reformas han tratado de impulsar los niveles de equidad externo e interno a los que contribuye el sistema de pensiones, con medidas que hagan disminuir la brecha de género, que adapten el periodo de cómputo para la pensión a la situación más ventajosa para los trabajadores con carreras profesionales irregulares, o a través de la ampliación de los periodos de cobertura de las lagunas de cotización, que también afectará de forma singular a las mujeres.
Y, en tercer lugar se han puesto en marcha medidas adicionales para reforzar la sostenibilidad económica y financiera del sistema, acercando las bases máximas de cotización a los salarios reales, aumentando la cotización de los salarios más elevados (cuota de solidaridad), incrementando los ingresos contributivos provenientes del conjunto de las cotizaciones sociales a través del MEI (Mecanismo de Equidad Intergeneracional), penalizando las jubilaciones anticipadas, para acercar la edad efectiva de jubilación a la ordinaria y finalmente, para asegurar la sostenibilidad económica a medio plazo, instaurando un sistema semiautomático de aumento de los ingresos por cotización.
El resultado de tales cambios legislativos está afectando tanto al flujo de gasto en pensiones como al de ingresos por cotizaciones sociales, reflejándose, por tanto, en la suficiencia y la sostenibilidad económica del sistema de pensiones, que se ha fijado por parte del Gobierno en anterior legislatura en un nivel máximo de gasto del 15% de PIB para las pensiones contributivas.
En el acuerdo recientemente suscrito se mejoran, entre otros aspectos, los incentivos en la jubilación demorada y se hacen compatibles con la jubilación activa. Por otro lado, el acuerdo elimina el requisito de contar con la carrera completa de cotización para acceder a estas opciones de jubilación y se mejoran los porcentajes de pensión compatibles con el trabajo, incluido el trabajo por cuenta propia. En este texto acordado, se promueve la modificación del reglamento para el reconocimiento de coeficientes reductores de la edad de jubilación en actividades con elevados índices de penosidad, toxicidad, peligrosidad o insalubridad y se mejoran las condiciones de acceso a las pensiones y su cuantía para las personas con contratos fijos discontinuos.
Aunque ya han transcurrido cerca de tres años en alguna de las medidas implementadas, aún es pronto para evaluar con rigor sus efectos y establecer con cierta precisión una aproximación a sus resultados, al menos en algunos de los aspectos más relevantes. Sin embargo, algunos datos sobre la dinámica de gastos e ingresos permiten augurar que las medidas están siendo eficaces en el logro de los objetivos de suficiencia, equidad y sostenibilidad en un contexto en el que, también la coyuntura económica de estos cuatro últimos años está ayudando a caminar en la dirección adecuada.
El gráfico adjunto refleja los principales resultados de las variables más relevantes durante los últimos cinco años. Es cierto que, como puede observarse, el gasto ha registrado un crecimiento superior al del PIB, pero también lo han hecho los ingresos por cotizaciones que han superado el nivel de crecimiento del gasto en pensiones. El factor explicativo en el capítulo del gasto es la revalorización de la cuantía de la pensión media y no tanto el valor inicial de la misma. De ahí que pueda afirmarse que en el último lustro ha mejorado la situación del sistema de público de pensiones en lo que a suficiencia y sostenibilidad se refiere, con medidas que están acentuando su nivel de solidaridad, particularmente en relación con un mayor grado de equidad de género.
3. El camino por recorrer: alargar la edad de jubilación
Hace ahora un año, decíamos en este mismo medio (El Confidencial, 16/04/2023) que estamos ante un conjunto de reformas de largo alcance, temporal y en extensión. Pero los sistemas públicos de pensiones, como muchas otras políticas sociales, son cuerpos vivos que hay que mantener y supervisar continuamente adecuando sus elementos fundamentales a las circunstancias del entorno social y económico. Por supuesto, las reformas constituyen un espacio abierto a la acción política, pero una de las ventajas del debate en la política de pensiones es su mayor facilidad para registrar los hechos y modificar las proyecciones a medio y largo plazo, objetivando los términos de la conversación pública.
En nuestra opinión, el debate sobre si las reformas serán o no suficientes para estabilizar el sistema puede resultar estéril. Las reformas no son casi nunca suficientes, lo importante es no abandonar la voluntad de cambio y adaptación permanentes, asegurando el cumplimiento del objetivo a plazo de situar el gasto en pensiones en niveles que no sobrepasen el 15% del PIB. Por eso, aspectos como el periodo de cómputo de las pensiones o la propia edad de jubilación deben mantenerse en la cartera de instrumentos para futuras reformas, adaptándolos a la evolución de la esperanza de vida en un contexto en que la demografía sufrirá no solo el impacto del alargamiento de la vida sino también del descenso de la tasa de natalidad.
La prolongación de la edad efectiva de jubilación ha resultado eficiente tanto desde el punto de vista de la suficiencia como de la sostenibilidad del sistema. Alguna ocasión se perdió al no fijar el mecanismo de sostenibilidad habilitado a la evolución temporal de la esperanza de vida. Pero estamos a tiempo de hacerlo. Como puede observarse en el gráfico anterior, la población activa española está creciendo con fuerza por primera vez en su historia en el segmento de edad situado entre los 64 y 70 años.
En este sentido, conviene recordar que, en el año 2011, cuando arranca una de las reformas recientes de mayor calado, la esperanza de vida de la población a la edad de 65 años (que era entonces la edad legal ordinaria para obtener el conjunto de la pensión devengada) era de alrededor de 20 años con. Ello significa que una persona que se jubilara a esa edad en aquel entonces estaría cobrando pensión, en media, 20 años con una carrera de cotización de al menos 35 años. Tras la reforma de ese año, en el año 2027 la edad legal de jubilación se situará en los 67 años con 37 años de cotización (aunque los que hayan completado 38,5 años pueden mantener los 65 años como edad de jubilación con plenos derechos). Para entonces, la esperanza de vida media, para una persona de 67 años, se situará en torno a los 21 años. Si proyectamos la esperanza de vida media por edades, al ritmo alcanzado entre 1975 y el momento actual, en el año 2050 una persona con 70 años alcanzaría los 91 años, es decir jubilándose a los 70 estaría percibiendo la pensión 21 años.
Por supuesto, este sencillo cálculo, habría de ser matizado por la esperanza de vida saludable, que indicaría la edad media en la que cabe esperar que se disfrute de un nivel aceptable en cuanto a condiciones de salud. Y, seguramente, teniendo también en cuenta otros elementos que afecten a la calidad de vida de las personas mayores. Pero, de lo que no cabe duda es de que este horizonte debe hacer posible continuar el proceso de prolongación de la edad de jubilación cuando culmine el proceso transitorio hasta la edad de 67 años que, como es sabido, se producirá en 2027.
Adoptar una medida de estas características introduciría un nuevo elemento de sostenibilidad económica y financiera para el sistema de pensiones de importante calado, al tiempo que aumentaría la cuantía media de la pensión. De igual modo, cabe esperar un efecto de cierta significación en forma de incrementos en el nivel de ingresos del sistema, bien, a través de las cotizaciones sociales, bien en forma de mayores ingresos tributarios.
Junto a ello, los efectos psicosociales y sobre la salud pueden presentar diverso signo y deben ser abordados con decisión. Por eso, hacer posible la jubilación a edades más tempranas de las profesiones y actividades con elevados índices de penosidad, toxicidad, peligrosidad o insalubridad es imprescindible para que una estrategia de prolongación de la actividad laboral pueda ser socialmente efectiva y económicamente sostenible.
*Santos M. Ruesga, catedrático emérito de la Universidad Autónoma de Madrid. Y Valeriano Gómez, economista, exministro de Trabajo y Seguridad Social y presidente de la Fundación para la Calidad e Innovación de la Formación y el Empleo (CIFE).
1. Introducción
El pasado 18 de septiembre se suscribió un nuevo acuerdo tripartito entre los sindicatos más representativos (CCOO y UGT), las patronales (CEOE y Cepyme) y el gobierno, para la reforma de determinados aspectos, más paramétricos que estructurales, del sistema público de pensiones.
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