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La investidura y el silencio judicial
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Javier Caraballo

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La investidura y el silencio judicial

El silencio judicial es el que más debería inquietar a los negociadores de la investidura de Pedro Sánchez cuando dan vueltas a los 'escollos jurídicos'

Foto: El presidente del Gobierno en funciones y líder del PSOE, Pedro Sánchez. (EFE/Emilio Naranjo)
El presidente del Gobierno en funciones y líder del PSOE, Pedro Sánchez. (EFE/Emilio Naranjo)
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Escollos jurídicos”. Eso es lo que dicen, con aguda ignorancia o sentido del humor, las fuentes etéreas que van informando de las negociaciones entre el PSOE y los independentistas. Escollos jurídicos, como si fuera un descubrimiento que una ley de amnistía supone una condena del Estado de derecho. No, cuando hablan de escollos jurídicos será porque los negociadores han llegado a la conclusión de que uno de los dos bandos tiene que renunciar a sus planteamientos y ceder en lo fundamental ante el otro. Es decir, la amnistía, tal y como está planteada por los independentistas, conduce a un callejón sin salida inasumible para el Partido Socialista, de la misma forma que si los independentistas admiten una versión constitucional de ese perdón general supondrá una renuncia explícita de sus tesis sobre la revuelta secesionista del otoño de 2017. Eso sí son escollos jurídicos para la investidura, la certeza de que no puede redactarse una ley de amnistía que contente a los dos negociadores, socialistas e independentistas, y que uno de ellos tendrá que retractarse de lo dicho.

Es imposible, por ejemplo, que el PSOE pueda aceptar una ley de amnistía en la que se afirme, como han exigido los independentistas, que “el referéndum del 1 de octubre de 2017 no fue un delito, como tampoco fue delito la declaración unilateral de independencia aprobada por el Parlamento de Cataluña”, además de todos los disturbios callejeros que acompañaron la sedición. Por el contrario, también es imposible que los independentistas puedan asumir una ley de amnistía que, simplemente, persiga el perdón de los delitos, con la excusa judicial, política y social de “la normalización del conflicto de Cataluña”, como repiten en el PSOE, pero sin cuestionar la ilegalidad de los actos cometidos.

Foto: Imagen que muestra la bandera de la Unión Europea. (EFE)

Sucede, además, por muchas vueltas que le demos a los escollos entre el PSOE y los independentistas, que tampoco encontramos la posibilidad de un punto medio que contente o concilie ambas posturas, porque es la propia Constitución la que limita ese acercamiento. A menudo, cuando se piensa en las condenas de los independentismos, la referencia mental nos conduce a la Sala Segunda del Tribunal Supremo, que fue la que dictó sentencia, pero nos olvidamos de los momentos previos. La condena del Tribunal Supremo fue contundente y demoledora porque los independentistas ya venían de desobedecer de forma reiterada las advertencias y las prohibiciones del Tribunal Constitucional.

Por esa razón, la sentencia condenatoria del Supremo fue avalada y ratificada hasta en 10 ocasiones por el Tribunal Constitucional. En varias de ellas, podemos encontrarnos cómo se repiten dos certezas judiciales sobre lo ocurrido en Cataluña, una de fondo y otra de forma. La primera, que “para ninguno de los pueblos de España existe un derecho de autodeterminación, entendido como derecho a promover y consumar su secesión unilateral del Estado en el que se constituye España. Tal derecho, con toda evidencia, no está reconocido en la Constitución”. La segunda, que “las conductas penalmente relevantes [de los condenados por el procés] han consistido en dar cobertura jurídica y promover la celebración de un referéndum de autodeterminación, pese a las reiteradas advertencias del Tribunal Constitucional”. No, no existe posibilidad alguna, ni siquiera con una mayoría progresista entre los magistrados del Tribunal Constitucional, de que se pueda avalar una ley de amnistía que, como exigen los independentistas, traslade al Estado de derecho español la culpabilidad de la revuelta de octubre de 2017.

Foto: El presidente del TC, Cándido Conde-Pumpido. (EFE/Fernando Alvarado)

La contundencia de todas esas sentencias, que ningún propósito político puede ignorar, debemos verla amplificada por un oxímoron habitual de la Justicia en los países desarrollados, “la elocuencia de los silencios judiciales”. Solo quienes ansían un sistema autoritario suelen olvidar que en una democracia nadie puede estar por encima de la ley, ni siquiera los representantes de la soberanía popular. No hay legitimidad democrática en los actos ilegales que se aprueben en ningún parlamento por el hecho de emanar de unas elecciones. Por esa razón, debemos prestar atención al silencio judicial mientras se oyen tantos discursos políticos que, por el solo hecho de pronunciarse en voz alta, ya parece que adquieren oficialidad. La Justicia será la que tenga siempre la última palabra sobre la amnistía y ese proceso, como ya se va conociendo, puede prolongarse, al menos, hasta finales del próximo año, 2024.

Podemos pensar, por ejemplo, para calcular los tiempos judiciales, en la querella que se presentó contra Yolanda Díaz, vicepresidenta en funciones del Gobierno, por su reunión en Bruselas con el fugado Carles Puigdemont. La reunión entre ambos tuvo lugar el 4 de septiembre, primer lunes del mes y el primero del nuevo curso político. A los pocos días, se presentaron varias querellas contra la vicepresidenta, al entenderse que podría haber incurrido en un ilícito penal, marcado en el artículo 408 del Código Penal dirigido contra “la autoridad o funcionario que, faltando a la obligación de su cargo, dejare intencionadamente de promover la persecución de los delitos de que tenga noticia o de sus responsables”. ¿Es esa una conducta que se pueda aplicar a Yolanda Díaz? Quizás en su literalidad sí, pero teniendo en cuenta que la reunión se celebró en el Parlamento Europeo, donde el fugado tiene acta de eurodiputado, la posibilidad de que la vicepresidenta haya incurrido en un delito se diluye mucho. En todo caso, la Sala Segunda recibió esa querella y van a cumplirse dos meses sin que se haya pronunciado. ¿Por qué lo hace? Pensémoslo al revés, imaginemos el escándalo monumental que se podría organizar si el Supremo admite a trámite la querella y llama a declarar a la vicepresidenta como investigada.

Foto: Pedro Sánchez besa a Carles Puigdemont en un grafiti de Barcelona. (Reuters/Albert Gea)

Con el simple detalle de esa querella, calculemos el infierno judicial de una ley de amnistía que suponga una condena del Estado de derecho en España y que señale a los jueces y fiscales españoles como los responsables de haber prevaricado al oprimir el derecho democrático de los independentistas. El silencio judicial, el silencio judicial… Ese es el que más debería inquietar a los negociadores de la investidura de Pedro Sánchez cuando dan vueltas a los escollos jurídicos.

Escollos jurídicos”. Eso es lo que dicen, con aguda ignorancia o sentido del humor, las fuentes etéreas que van informando de las negociaciones entre el PSOE y los independentistas. Escollos jurídicos, como si fuera un descubrimiento que una ley de amnistía supone una condena del Estado de derecho. No, cuando hablan de escollos jurídicos será porque los negociadores han llegado a la conclusión de que uno de los dos bandos tiene que renunciar a sus planteamientos y ceder en lo fundamental ante el otro. Es decir, la amnistía, tal y como está planteada por los independentistas, conduce a un callejón sin salida inasumible para el Partido Socialista, de la misma forma que si los independentistas admiten una versión constitucional de ese perdón general supondrá una renuncia explícita de sus tesis sobre la revuelta secesionista del otoño de 2017. Eso sí son escollos jurídicos para la investidura, la certeza de que no puede redactarse una ley de amnistía que contente a los dos negociadores, socialistas e independentistas, y que uno de ellos tendrá que retractarse de lo dicho.

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