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La calidad de la Justicia es una exigencia constitucional
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La calidad de la Justicia es una exigencia constitucional

La sociedad no está concienciada con la idea de que la crisis de la Justicia no es solo un problema de tiempos

Foto: Imagen: Pixabay/Sang Hyun Cho.
Imagen: Pixabay/Sang Hyun Cho.

Los trepidantes tiempos que nos han tocado vivir hacen que cualquier pronunciamiento como el del presente trabajo tenga un tinte de melancolía. La pregunta que evoca la melancolía no es otra que la de ¿qué queda de la Administración de Justicia?

La reflexión es profunda porque la sociedad no está concienciada con la idea de que la crisis de la Justicia no es solo un problema de tiempos. Los tiempos son la esencia de una enfermedad más grave que afecta al servicio en su conjunto.

La publicación del RDL 5/2023 supone una reforma cuya filosofía hay que criticar explícitamente. Se trata de la "paquetización" de los asuntos, las resoluciones por modelos. Desde la perspectiva del servicio público y el estado de deterioro que vive la Justicia, es probable que la solución sea la menos mala. Desde el punto de vista de la organización del servicio, cualquier medida que alivie el atraso o que proyecte una mínima imagen de mejora en el contenido prestacional es bien recibida. Podríamos contrarrestar a este alivio indicando que, “en el mundo de los ciegos, el tuerto es el rey”.

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Pero, más allá del alivio inicial, la idea es clara: ¿qué pasa con la Justicia? Esto es con el derecho a dar a cada uno lo suyo que decían los clásicos. La respuesta, desde luego, no puede ser esto que llamamos ahora la justicia aproximativa, que es la que se deduce de la utilización de modelos y demás. La pretensión procesal es la formulación de una petición, a la que va unida la estrategia de defensa, la forma de plantear la pretensión y, en general, una formulación diferencial. Que el asunto sea materialmente idéntico no significa que los planteamientos ni las alternativas argumentativas sean iguales.

Con la utilización de modelos, lo que realmente se está afectando, sin crítica corporativa alguna, es la configuración constitucional del derecho de defensa. La argumentación, los términos del planteamiento y la pretensión no siempre son idénticos ni merecen la misma solución. Sin embargo, parece como si todo nos diera igual y somos capaces de aceptar acríticamente una resolución de modelo que afecte a la materialidad de lo planteado, aunque no resuelva la cuestión en los términos planteados.

Cuando esto ocurre, lo que realmente sucede es que la sociedad ha perdido sensibilidad. Los juristas no podemos admitir que los términos individualizados en que formulamos una pretensión hayan dejado paso a una especie de catalogación material de las peticiones. Admitir esto es perder la esencia del proceso a favor únicamente de una estandarización que solo beneficia al sistema y al servicio. Se trata de reducir el uso de la Justicia.

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Esto de reducir el uso de la Justicia incide no solo en su propio orden de cuestiones, sino, sobre todo, en la conformación de un poder público cada vez más impune y menos controlado. El control judicial es la esencia del Estado de derecho, es el elemento de cierre de todo el sistema jurídico.

Si el sistema es, en sí mismo, lento y se obtiene como resultado una resolución aproximada mediante la aplicación de un modelo preconfigurado, la insatisfacción individual se vincula de forma inmediata a la insatisfacción colectiva del sistema de control. La intensidad, el alcance, la individualidad de la atención se está perdiendo y esencialmente sufre la configuración del Poder Judicial como un elemento de garantía y control de los Poderes Públicos.

Si damos un paso más sociológico que jurídico, podemos preguntarnos: ¿cómo hemos llegado a aceptar esto? La respuesta es sencilla. Durante mucho tiempo, la Justicia —como servicio público— ha cedido su prioridad a todas o muchas de las políticas públicas. Ni los términos del servicio, ni el lugar en el que se presta, ni el resultado es realmente de calidad porque ni los medios materiales ni los humanos —en toda su extensión— tienen las condiciones necesarias para que el servicio sea satisfactorio. Esto nos permite indicar, de forma consecutiva, que, cuando esto ocurre, estamos ante la degradación de un sistema que estamos aceptando con menos crítica que la que es socialmente exigible en función de los bienes jurídicos en discusión.

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En este estado, hay recurrentes debates. Ahora, de nuevo, el de las costas. Las costas son un tributo indirecto que se añade, de forma específica, a la tributación general que financia los presupuestos generales. Su imposición y exacción en el ámbito civil es razonable porque, formalmente, las partes plantean y abocan a los demás a procesos que tienen coste. Sin embargo, en el ámbito de la Administración pública, con abogados pagados desde los presupuestos públicos y una Administración poco dada a la solución razonable de los conflictos, el esquema se vuelve más complejo y, probablemente, menos razonable.

La conjunción de ambos factores, justicia no personalizada y costas del procedimiento, es una combinación que realmente debería hacernos pensar. La pregunta final sería muy sencilla: ¿es esta la Justicia que queremos o que estamos dispuestos a aceptar?

En este punto debemos retornar a los principios y pensar en el alcance de la tutela efectiva como gran conquista de los Estados de derecho y de la necesidad de que los sistemas de aplicación respondan a la idea esencial que los justifica y, finalmente, lo que permite un cierto balance entre la actuación pública y el control de esta por los órganos jurisdiccionales. La sensación actual es que recorremos el camino en sentido contrario.

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*Alberto Palomar Olmeda. Profesor Titular (Acred) de Derecho Administrativo. Magistrado de lo Contencioso-Administrativo (EV). Abogado. Socio de Broseta. Consejero Académico de FIDE

Los trepidantes tiempos que nos han tocado vivir hacen que cualquier pronunciamiento como el del presente trabajo tenga un tinte de melancolía. La pregunta que evoca la melancolía no es otra que la de ¿qué queda de la Administración de Justicia?

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