Es noticia
¿Se acerca la amnistía?
  1. España
  2. Tribuna
Gonzalo Quintero Olivares

Tribuna

Por

¿Se acerca la amnistía?

Impulsar una ley de amnistía como algo compatible con la normalidad democrática es un contrasentido, y es inadmisible cualquier analogía con el paso del franquismo al régimen democrático

Foto: El expresidente de la Generalitat de Cataluña, Carles Puigdemont. (Reuters/N. Doce)
El expresidente de la Generalitat de Cataluña, Carles Puigdemont. (Reuters/N. Doce)

Cada día que pasa registra un aumento del rumor, y abundan los que aseguran que no es un rumor, sino una noticia segura que en cualquier momento se hará pública: el Sr. Sánchez está dispuesto también a conceder la amnistía que le exige Puigdemont como parte del precio por coadyuvar a su permanencia en el palacio de la Moncloa, precio que no se limita a la amnistía.

Si hay que ser sinceros, y conviene serlo, lo peor del caso es que esa eventual noticia no extraña a nadie, pues tanta es la consciencia de que para el presidente en funciones no hay precio alguno que le pueda parecer excesivo si se trata de su continuidad en el cargo. Y conviene no olvidarlo, porque luego vendrá la exigencia de un referéndum de autodeterminación y ¿por qué no?, la retirada de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del territorio catalán. Y me limito a recortar y recordar peticiones tradicionales del independentismo visibles en las hemerotecas.

Foto: Presos del 'procés' con un cartel de amnistía. (EFE/Quique García) Opinión
TE PUEDE INTERESAR
Ni amnistía ni presos políticos
Javier Caraballo

El resultado electoral, catastrófico para los independentistas, gracias al éxito del PSC, les ha puesto en las manos la llave de acceso a la Presidencia, y Puigdemont, perdedor en las urnas, la va a utilizar pensando, ante todo, en sí mismo, y a él no le sirve un indulto (que, además, no puede ser anticipado) sino que necesita una medida que cancele todo proceso y lo coloque en disposición de volver a ejercer cargos públicos y cobrar la pensión de expresidente de la Generalitat, y todo eso solo se consigue, en su manera de pensar (que, por lo visto, no es solo suya) mediante una amnistía. Que eso sea jurídicamente posible le trae sin cuidado a un Puigdemont convencido de que le ha tocado la lotería.

Ante esa posibilidad, algunos juristas han advertido que, según ellos, la amnistía no tiene cabida en la Constitución. Frente a ello, algunas fuentes cercanas al PSOE estiman que conceder una amnistía sería bueno para todos y muestra de que España es una democracia fuerte que tiene a su frente a un presidente y a un Legislativo valientes y que solo el olvido total de lo pasado desde 2017 puede permitir encarar el futuro sin rémoras. A tan optimista y sectaria manera de ver la cuestión se oponen otros argumentos políticos en los que no entraré, pues cada cual opinará conforme a sus ideas, pero también jurídicos, destacando en primer término la opinión de los que entienden que constitucionalmente la amnistía es imposible.

Foto: Sánchez y Puigdemont en una reunión en 2016. (EFE/Toni Albir) Opinión

Frente a esa opinión está la de otros, tal vez más deseosos de agradar al Gobierno en funciones, que han declarado o escrito que no hay ningún obstáculo constitucional en aceptarla. En esa línea he sido incluido, solo que de un modo tan sesgado que genera una falsificación de mi opinión, que, por supuesto, no es que la amnistía sea un recurso jurídico discrecional, que no entraña especiales problemas y que es parecido al indulto solo que, de mayor alcance, pues no es así y jamás dije cosa semejante.

No estoy de acuerdo con quienes rechazan la admisibilidad de la amnistía invocando el art.62-i) de la Constitución, que prohíbe los "indultos generales", por la sencilla razón de que la amnistía y el indulto, aunque sean ambas manifestaciones del derecho de gracia, son figuras jurídicas diferentes, de lo que se deriva un primer hecho: la Constitución nada dice de la amnistía ni en pro ni en contra.

Foto: Una imagen de restos humanos de una fosa común en el documental 'El silencio de otros'. (BTeam)

La amnistía es, históricamente, una manifestación del derecho de gracia que no está mencionada en la Constitución ni en el Código Penal. Lo estuvo en el CP de 1870 (art.132-3º), en el de 1932 (art.115-1º) y en el de 1973 (art.112-3º). El de 1995 optó por no mencionarla, pero sabiendo que las amnistías de 1976 y 1977 se habían regulado por su propia ley, y eso demostraba que era innecesaria su presencia en el CP, pues las características y motivaciones de una amnistía no son previsibles a priori, y esa es una gran diferencia con la gracia de indulto, que, en todo caso, está sometida a las disposiciones de la Ley de Indulto de 18 de junio de 1870; por cierto, otra norma que necesita urgente revisión).

Por lo tanto, no existe base legal alguna de la que pueda derivarse la prohibición de la amnistía, o, mejor, de que pueda votarse una ley que la conceda, que tendrá que ser una ley orgánica, conforme a lo dispuesto en el art.81 de la CE, y que determinaría su alcance.

Esa sería la respuesta a la cuestión jurídica, pero el problema no termina ahí. La amnistía tiene un carácter mucho más extraordinario que el indulto, y, normalmente, se orienta a delitos con dimensiones políticas, y otra característica es que se conceda con ocasión de cambios políticos en el Estado, como contribución a la reanudación de la convivencia política. De ahí se puede derivar una conclusión importante: una amnistía implica el reconocimiento de que el orden político anterior a ella ha terminado y se da paso a otro, como sucedió con la Ley de Amnistía de 15/10/1977, que marcaba en buena medida el fin del franquismo y el paso a la Constitución democrática de 1978.

Foto: Santiago Carrillo con Adolfo Suárez.

Y ese es el punto crucial: la exigencia de una amnistía es coherente con la idea, compartida por independentistas y otros que formalmente no lo son, de que ha fenecido el régimen de 1978, pero para los muchísimos que no comparten esa idea (entre ellos, se supone, el propio PSOE) una amnistía carece de sentido porque no se da el presupuesto político imprescindible, sino un concreto problema que afecta a unas personas determinadas, que no pueden ser indultadas porque no han sido juzgadas, y a quienes la aritmética electoral ha colocado en condición de chantajear.

Impulsar una ley de amnistía como algo compatible con la normalidad democrática es un contrasentido, y es inadmisible cualquier analogía con el paso del franquismo al régimen democrático.

Pero no acaban ahí los problemas, sin necesidad de entrar en las otras exigencias independentistas, ni en configurar una amnistía que no sea ni general ni lineal, sino para un grupo reducido de destinatarios (cosa incompatible con la figura). Hay algo peor: en ningún momento Puigdemont se ha comprometido a desmontar esa cosa que llama Consell de la Republica ni a proseguir el rumbo a la independencia, si hace falta, unilateralmente, ni a ninguna otra de las demandas habituales. Y esa actitud, visible para todos, debiera ser suficiente motivo para no impulsar una ley que solo serviría para arrodillar al Estado de Derecho y facilitar la reanudación de las actividades independentistas.

*Gonzalo Quintero Olivares, catedrático de Derecho Penal y abogado.

Cada día que pasa registra un aumento del rumor, y abundan los que aseguran que no es un rumor, sino una noticia segura que en cualquier momento se hará pública: el Sr. Sánchez está dispuesto también a conceder la amnistía que le exige Puigdemont como parte del precio por coadyuvar a su permanencia en el palacio de la Moncloa, precio que no se limita a la amnistía.

Noticias de Cataluña
El redactor recomienda